Tras la negativa del Tribunal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos, la querella insistirá con el planteo para que se dicte la nulidad del ateneo médico, pero esta vez lo intentará en la Corte de Justicia de Catamarca.
La querella presentará el recurso de casación en contra del veredicto de la Cámara de Apelaciones.
Tras la negativa del Tribunal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos, la querella insistirá con el planteo para que se dicte la nulidad del ateneo médico, pero esta vez lo intentará en la Corte de Justicia de Catamarca.
En este sentido, presentará el recurso de casación en contra del veredicto de Apelaciones, y tratará de que extraiga esa prueba del expediente en el que se investiga la muerte del ministro de Desarrollo Social, Juan Carlos Rojas, ocurrida en diciembre de 2022.
El 8 de octubre de este año, el Tribunal de Apelaciones rechazó, por mayoría, el recurso de la querella y confirmó la resolución del juez de Control de Garantías N° 3, Lucas Vaccaroni, que había negado la nulidad del ateneo médico forense realizado en marzo en Córdoba por la muerte de Rojas.
De este modo, el informe elaborado por los especialistas sigue formando parte del expediente. La resolución fue por mayoría, con votos de los camaristas Juan Rosales y Elena Berrondo Isí. El juez Carlos Horacio Brizuela votó en disidencia.
El 1 de octubre se realizó la audiencia de expresión de agravios. En la oportunidad, el abogado querellante, Iván Sarquís y el fiscal de Instrucción N° 5, Hugo Costilla, expusieron posiciones enfrentadas sobre el valor que debe tener el ateneo dentro de la investigación.
El ateneo se realizó el 13 de marzo bajo una modalidad mixta, con peritos presentes en Córdoba y otros conectados de manera remota. Según la querella, una falla de audio impidió que su perito de parte, Juan José Fenoglio, y varios peritos oficiales que seguían la reunión a distancia participaran en igualdad de condiciones durante la deliberación.
La existencia de esa falla no se discute: el propio juez Vaccaroni admitió, en su resolución de primera instancia, que hubo “inconvenientes técnicos de sonido involuntarios” y que Fenoglio no pudo expresarse en forma directa, aunque hizo llegar su opinión mediante mensajes de audio por WhatsApp.
Al margen, el quid de la cuestión a debatir era otro: si ese inconveniente alcanzaba para anular un acto pericial completo. Para Vaccaroni, que el perito de la querella no haya podido participar de manera presencial y directa no es causal de nulidad absoluta. La querella sostuvo lo contrario y apeló. La Fiscalía, en cambio, pidió que el planteo fuera rechazado y defendió la incorporación del ateneo.
El resultado no determina cómo murió Rojas ni implica que la Cámara haya establecido que se trató de una muerte accidental o natural. Lo que llegó al Tribunal de Apelaciones fue la validez del acto médico y la posibilidad de que sus conclusiones se utilicen dentro de la investigación.
El ateneo dejó abiertas tres hipótesis: asesinato, muerte accidental y homicidio preterintencional. Los especialistas no pudieron establecer cuál fue la mecánica ni la causa de la muerte y señalaron que el deficiente trabajo criminalístico les impidió inclinarse por una en particular.
Tampoco pudieron fijar con rigor científico una secuencia cronológica de las lesiones, cuáles se produjeron primero, cuáles durante el período agónico y cuáles, eventualmente, después de la muerte.
En su resolución, el juez Vaccaroni indicó que las tres hipótesis que investiga Costilla son una agresión homicida con un elemento contuso en la región occipital, una caída accidental desde la propia altura, precipitada o no por una descompensación y una caída tras un forcejeo o un empujón contra el piso. Eso es lo que se les pidió reevaluar a los especialistas.
Entre sus conclusiones, los médicos consideraron que se trató de una muerte violenta, lo que habilita la hipótesis de la intervención de terceros. También entendieron que Rojas no murió de manera instantánea, que atravesó un período agónico en el que pudo haber realizado movimientos convulsivos o involuntarios sin posibilidad de incorporarse por sus propios medios y que la lesión craneal mortal habría sido provocada por un único golpe, probablemente contra una superficie plana, como el piso. Señalaron, además, fallas en la preservación del lugar del hecho.
Por eso, el ateneo no descartó la hipótesis homicida. Ese punto fue remarcado por Costilla durante la audiencia: sostuvo que las tres hipótesis continúan abiertas y que, si en algún momento debe inclinarse por alguna, lo hará a partir de las constancias de la causa y explicando por qué descarta las otras dos.
La sola posibilidad de que se pueda considerar que Rojas tuvo una muerte accidental encendió la alarma en la querella, que defiende férreamente la hipótesis homicida.
El 3 de diciembre de 2022, Juan Carlos Rojas fue encontrado sin vida en su vivienda de la zona norte de la Capital. A casi cuatro años de su muerte, aún no están claras las circunstancias de su deceso, si fue un homicidio con dolo -es decir, con intención de matar-, una muerte natural o un homicidio preterintencional -con intención de causar un daño pero no la muerte-. La investigación sigue abierta.