Diariamente personal policial arresta a personas que “merodean en actitud sospechosa y/o que carece de documentación que acredite su identidad al momento de la requisa. Pero en los últimos meses se incrementó sensiblemente la cantidad de casos llegándose a registrar entre 15 y 20 arrestos semanales. Desde la División de relaciones Institucionales de la Policía reconocieron que no poseen estadísticas sobre este tipo situaciones y consideraron que la cantidad de arrestos “está dentro de lo habitual”.
Sin embargo, otras fuentes policiales y judiciales aseguraron que sí aumentaron los arrestos y requerimientos de datos para averiguar las actividades y medios de vida de merodeadores.
Relevamiento
En un relevamiento efectuado por El Ancasti, se pudo comprobar que por semana se realizan entre 15 y 20 arrestos por merodeo y falta documentación, que las aprehensiones son realizadas generalmente en horas que coinciden con la puesta del sol y antes de la media noche, y que por lo general se trata de hombres de entre 18 y 25 años de edad.
Los arrestos son realizados mayormente por uniformados que realizan recorridos de prevención, y en menor medida tras llamados telefónicos de vecinos que alertan a la Policía sobre la presencia de merodeadores.
Según la documentación consultada y el testimonio de personal policial de calle consultado por este diario, las zonas norte y sur de la Ciudad son las más afectadas -aunque también hay numerosos casos en la zona alta-, y que cuando se trata de posibles adolescentes, “para evitar el papeleo, problemas legales y para que desistan de su actitud, les pedimos que circulen y advertimos que si los llegamos a sorprende de nuevo en actitud sospechosa, los vamos a tener que arrestar”.
Las causas
“La carencia de documentación que acredite identidad y/o el merodear en actitud sospechosa son causales de arresto porque la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia faculta al personal policial para realizar arrestos en averiguación de actividades y medios de vida”, explicaron desde Relaciones.
Señalaron que por lo general se trata de personas que son sorprendidas en medio de controles de prevención, mientras “merodean en actitud sospechosa, observando dentro del los domicilios o el interior de los automóviles”. Aseguraron que cuando son interceptados y se les solicita la documentación personal “muchas veces se niegan a entregarla”, y comentaron que por lo general se trata de personas que circulan por la calle sin documentación.
“No es que se arreste a la gente por portación de cara”, agregaron. Informaron que la persona que fue arrestada una vez por averiguación de medios de vida no puede ser arrestada de nuevo por el mismo personal policial porque en ese caso se estaría incurriendo en abuso de autoridad.
Cruce de datos
Indicaron que el arresto se puede extender hasta 24 horas aunque la mayoría de las veces queda en libertad apenas se acredita su identidad y medios de vida, y que cuando la persona es puesta en libertad se labra un acta con lo concluye el trámite, “sin que quede algún tipo de antecedente en su legajo”.
Se pudo conocer que el trámite se realiza mediante el cruce de información entre distintas dependencias, inclusive del interior provincial, para ver si la persona posee algún tipo de requerimiento judicial.
Destacaron la ventaja de trabajar con sistemas informáticos y de comunicaciones entre los que se encuentra el Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (SIFCOP) donde están todos los pedidos de captura a nivel nacional, un sistema de la Brigada de Investigaciones con todos los pedidos de detención emitidos por la Fiscalía de turno, y el Sistema Federal de Identificación Biométrica para la Seguridad (SIBIOS), que tiene cargados todos los datos biométricos de las personas, que maneja el personal de Criminalística.
Lo que dice la ley 4663
En el Capítulo tres dice que la Policía podrá "arrestar a toda persona de la cual sea necesario conocer sus antecedentes y medios de vida en circunstancias que los justifiquen o cuando se nieguen a identificarse. La demora o arresto del causante no podrá prolongarse más del tiempo indispensable para su identificación, averiguación de domicilio, conducta y medios de vida, sin exceder el plazo de 24 horas".