viernes 3 de abril de 2026
Decisión unánime del Tribunal Oral Federal

“Compadres”, condenados por transportar y vender droga

José Dante Salemi purgará una pena de ocho años y Valeria Díaz, seis años, pero en su domicilio.

Por Redacción El Ancasti

Una extensa jornada se vivió ayer en el Tribunal Oral Federal. José Dante Salemi (55) y Valeria Beatriz Díaz (30) se sentaron en el banquillo de los acusados, imputados por el delito de ‘tenencia de estupecientes con fines de comercialización’. Ambos son compadres. Los jueces Juan Carlos Reynaga, Adolfo Raúl Guzmán y José Camilo Quiroga Uriburu los hallaron penalmente responsables por el delito de ‘tenencia de estupefacientes para la comercialización y el transporte agravada por la participación de dos o más personas’, previsto en el artículo 5 de la Ley Nacional 23.737 de Narcotráfico.


El 23 de abril de 2016, tras varios meses de trabajo de inteligencia, fue detenido Salemi, en su casa de un barrio de la zona sur capitalina, casi al mismo tiempo, en la Terminal de Ómnibus se desplegaba un operativo policial. Díaz llegaba desde Buenos Aires y en la playa de estacionamiento fue demorada. Se realizó una requisa y de su bolso sacaron un paquete con 520 gramos de cocaína de máxima pureza.


Frente a los magistrados, Salemi reconoció, aunque de manera parcial el hecho que se le imputó y pidió disculpas. Contó que consume desde hace 38 años, por lo que padece de distintos problemas de salud. “Tuve una vida difícil. El día que probé droga no salí más. Hace un año y medio que no consumo”, expresó. El acusado se responsabilizó de la droga en cuestión, pero aseguró que era para consumo personal. También admitió que tenía antecedentes por delitos similares y que fue declarado reincidente por primera vez, con anterioridad.


A su turno, Valeria Díaz también pidió perdón y aseguró que había viajado a Buenos Aires “pero no sabía para qué; fui a buscar algo que no sabía”. Era la primera vez que viajaba y tuvo la oportunidad de conocer aquella ciudad. Había viajado por pedido de su compadre Salemi. Él pagó los pasajes para que su comadre retirara una encomienda. “Me esperaban en la Terminal de Retiro. Me entregaron un bolso y volví al otro día”, recordó. Díaz viajaba con su bebé de meses de vida.


Uno de los testigos que declaró en el debate contó que, tras los trabajos y la detención de la ‘comadre’, se secuestró cocaína “de muy buena calidad”. En la jerga, se conoce a la ‘alita de mosca’, como la cocaína de calidad pero la “laja peruana’ es mejor aún, explicó. Otro testigo reveló algunos detalles de la investigación. Aseguró que el ‘compadre’ Salemi comercializaba droga y que la ‘comadre’ Díaz la guardaba y la fraccionaba. “Sí sabía (Díaz) a qué iba (a Buenos Aires)”, presupuso. Según este testigo, la sustancia secuestrada era cocaína de máxima pureza. A la fecha, tendría un valor estimado de $80.000.
 
Alegatos
El fiscal federal Rafael Vehils Ruiz, en su alegato, consideró que quedó demostrado que Salemi proveía con droga a otros vendedores, que tenía contactos en Buenos Aires y que en Catamarca ‘cortaban’ y fraccionaban. “Está probado el agravante: la participación de dos o más personas. Traían la droga de manera organizada”, señaló. Para el fiscal, había “una cadena de comercialización”. Pidió, para Salemi, una pena de ocho años de prisión más una multa y que sea declarado reincidente por segunda vez, y para Díaz, una pena de siete años y multa.


Por su parte, el abogado Fernando Contreras, defensor de ‘los compadres’, remarcó que “el Estado interrumpió la cadena para la comercialización”. Advirtió que no hay certezas para sostener tal acusación. “No existen balanzas, elementos de corte ni envoltorios”, remarcó. Pidió para sus defendidos la absolución o, en su defecto, que reciban la pena mínima solo por transportar estupefacientes y que ambos mantengan la condición de prisión domiciliaria, por sus acreditados problemas de salud.


Por unanimidad, Reynaga, Guzmán y Quiroga Uriburu los hallaron penalmente responsables por el delito de ‘tenencia de estupefacientes para la comercialización y el transporte agravada por la participación de dos o más personas’ y condenaron a Salemi a la pena de ocho años de prisión y $5.000 de multa y a Díaz a la pena de seis años de prisión, domiciliaria y con dispositivo electrónico.

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