jueves 2 de abril de 2026
se conocieron los fundamentos de la sentencia contra el gurú riojano

"Maestro Amor" quedó detenido por el riesgo de fuga

El Tribunal de la Cámara Penal N° 2 consideró claves los testimonios de las víctimas y los informes psicológicos. Había sido castigado con 14 años.

Por Redacción El Ancasti
Ayer al mediodía se conocieron los fundamentos de la sentencia que condenó a Ricardo Javier Ocampo a cumplir la pena de 14 años de prisión por seis hechos de abuso sexual en perjuicio de dos menores. Los jueces argumentaron su decisión de ordenar su inmediata detención en el riesgo de fuga existente.

Alrededor de las 12.30 el móvil del Servicio Penitenciario llegó al edificio de la Cámara Penal N° 2. Custodiado por cuatro guardiacárceles, "Maestro Amor" fue trasladado hasta el primer piso de calle San Martín al 300, en donde lo esperaba su abogado Diego Dieguez Ontiveros, los fiscales -el titular Gustavo Bergesio y el coadyuvante Miguel Mauvecín-, además de los integrantes del Tribunal, Luis Guillamondegui, Rodolfo Bustamante y Jorge Álvarez Morales. 

Luego de que se obviara la lectura de las conclusiones debido a su extensión -140 hojas-, las partes fueron provistas de una copia escrita. Acto seguido, Ocampo se retiró de la sala sin hacer declaraciones, y fue trasladado nuevamente al Servicio Penitenciario de Miraflores.

Fundamentos
El viernes 28 de noviembre, Ocampo fue condenado a la pena de 14 años de prisión tras haber sido hallado culpable de los seis delitos por los que llegaba a juicio. En el punto 4 de la resolución se detalló que por voto mayoritario, el líder espiritual debía quedar inmediatamente detenido.

En ese sentido, Guillamondegui fundamentó que si bien "existen precedentes que consideren prudente mantener el status libertatis de la persona que llega al juicio de esa manera y hasta tanto el fallo condenatorio adquiera firmeza definitiva, aprecio que en el supuesto juzgado no concurre justificativo alguno que habilite tal contingencia". En ese sentido, se explayó y dijo que se presupone "un potencial riesgo de fuga".

El presidente del Tribunal se refirió a los intentos de "entorpecer el proceso a través de presiones a testigos". Esta "interferencia" -dijo Guillamondegui- podría presentarse ante una "sentencia adversa". Por último, mencionó que esta posibilidad de escape se acrecienta ante la "disponibilidad de recursos económicos y contactos con personas que le puedan facilitar eludir los controles estatales". Y se refirió a las sedes en otras ciudades de Latinoamérica que tiene la congregación.

A su vez, el magistrado destacó que las víctimas hayan sido menores al momento de los hechos. "No podemos dejar a un costado que nos encontramos ante un grave caso de agresión sexual en perjuicio de menores".
Su voto y conclusiones contaron con la adhesión de Bustamante. Por su parte, Álvarez Morales aseguró "que no se avizoran indicios concretos de peligrosidad, aún con el monto de la pena impuesta", en cuanto a una potencial fuga.

Víctimas
En la valoración de la prueba se hizo hincapié en los testimonios de las víctimas. En el caso del primer afectado, consideraron que respondió de "un modo creíble y fue consistente frente a las preguntas". En cuanto al segundo damnificado, conocido como el "testigo arrepentido", los jueces sostuvieron que "sus respuestas dadas denotan, sin lugar a dudas, un manto de ocultación de la verdad. A cuantas preguntas que se le realizaba, se amparaba en sus adicciones a los estupefacientes que le hacían perder la memoria". No obstante, señalaron que "no llegó a negar de un modo concreto y claro los hechos que denunciara en su momento".

Tras la lectura de los fundamentos, la defensa tendrá un plazo de 10 días para presentar la casación, cuya reserva de presentación había sido realizada durante la etapa de juicio oral.

 

 

Culpable de los seis casos de abuso sexual

El Tribunal de la Cámara Penal N° 2 condenó el 28 de noviembre a Ricardo Javier Ocampo a la pena de 14 años de prisión por los delitos de "abuso sexual con el aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima en razón de su relación de preeminencia (tres hechos), abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (1 hecho), y abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por un ministro de un culto no reconocido (2 hechos) en concurso real".

La fiscalía en su alegato había pedido que sea condenado a 18 años de prisión. 

Los episodios denunciados ocurrieron entre 2002 y 2007 en la Capital y en el ámbito de la comunidad Meditazen en Capayán.

La particularidad de la casi decena de audiencias fue el gran número de seguidores que acompañaron a Ocampo desde las afueras del edificio en donde se desarrollaba el debate a puertas cerradas.

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