La Defensoría del Pueblo de Catamarca, junto a la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) solicitan la extensión del subsidio eléctrico para los meses de noviembre y marzo en las provincias del Norte Grande
La Defensoría del Pueblo de Catamarca y ADPRA solicitaron ampliar el beneficio por el impacto económico en los hogares.
La Defensoría del Pueblo de Catamarca, junto a la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) solicitan la extensión del subsidio eléctrico para los meses de noviembre y marzo en las provincias del Norte Grande
En tal sentido, se requiere a la Secretaría de Energía y al Ministerio de Economía de la Nación que amplíen el subsidio eléctrico de 550 kWh/mes —establecido en el Anexo I de la Resolución SE N° 13/2026 para zonas clasificadas como Muy Cálidas— a los meses de noviembre y marzo en las provincias del NEA y el NOA, integrantes del denominado Norte Grande Argentino.
El Decreto N° 943/2025 creó el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y puso fin al anterior régimen de segmentación tarifaria. En su marco, la Resolución SE N° 13/2026 estableció los criterios operativos por zonas climáticas: para los meses de diciembre, enero y febrero, las zonas Muy Cálidas —entre las que se encuentran el NEA y el NOA— acceden a un beneficio del 50% sobre los primeros 550 kWh mensuales consumidos.
Sin embargo, la realidad climática del Norte Grande no se ajusta a ese período. Las temperaturas estivales —que en la región superan con frecuencia los 40° C— se registran desde noviembre y se extienden hasta marzo, generando una demanda sostenida de refrigeración y ventilación durante cinco meses consecutivos. Excluir noviembre y marzo del beneficio implica desconocer esa particularidad climática y dejar a los usuarios sin cobertura precisamente en los extremos del período de mayor calor.
Esta situación se inscribe en un contexto de pobreza energética que afecta de manera desproporcionada a las familias de menores ingresos del norte del país. El acceso a la energía eléctrica no es un bien de consumo discrecional: en condiciones de calor extremo, es un requisito indispensable para la salud, la seguridad alimentaria y la vida digna. Numerosas familias de la región enfrentan hoy la disyuntiva de pagar la factura eléctrica o cubrir sus necesidades básicas de alimentación, producto de los sucesivos aumentos tarifarios en los segmentos de generación y transporte que se trasladan directamente a los usuarios residenciales.
La solicitud que formulamos no responde a una demanda arbitraria ni a la defensa de privilegios injustificados. El esquema de subsidios energéticos focalizados existe precisamente para corregir las asimetrías que el mercado no resuelve por sí solo: diferencias de ingreso, de localización geográfica y de condiciones ambientales que imponen cargas desiguales sobre los hogares. Extender el beneficio a noviembre y marzo en las zonas Muy Cálidas constituye un ajuste razonable y proporcional a la realidad que viven millones de personas en el Norte Grande.
Por todo ello, ADPRA insta a las autoridades competentes a modificar el Anexo I de la Resolución SE N° 13/2026, a fin de incluir los meses de noviembre y marzo dentro del período de aplicación del subsidio del 50% sobre los primeros 550 kWh para las zonas clasificadas como Muy Cálidas del NEA y el NOA.
Asimismo, y en línea con distintas iniciativas legislativas presentadas en el Congreso de la Nación, se considera necesario avanzar en el diseño e implementación de un esquema de tarifa regional diferenciada que contemple las particularidades climáticas, sociales y económicas del Norte Grande.