lunes 27 de abril de 2026
Lo bueno, lo malo y lo feo

Dr. Luis René Herrero, un protector de los derechos de los jubilados


Ante la grata noticia de que se declaró inconstitucional el pago de ganancias de los jubilados, debo en nombre de todos los jubilados y pensionados de Catamarca expresar un gran agradecimiento al Dr. Luis René Herrero, juez de la Sala II de la Cámara Federal de Seguridad Social, porque gracias a su lucha desde el cargo que ocupa, estuvo permanentemente presentando el reclamo por este logro, que hoy se hace realidad, y que espero que la Corte apruebe, para que no se retenga de los magros montos de las jubilaciones un impuesto absurdo porque como manifiesta el Dr. Herrero, esto resulta contradictorio si se tiene en cuenta que la ley suprema reconoce que los beneficios personales están protegidos por la garantía de integridad, proporcionalidad y sustitutividad.

De tal modo que el fallo de la cámara declara inconstitucional al Art. 79 inc. C. de la ley 20.628, del Impuesto a las Ganancias y el Art. 115 de la ley 24.241 de Jubilaciones, que dice que las jubilaciones y pensiones están alcanzadas al Impuesto a las Ganancias.

Por lo antes expuesto hoy y desde Catamarca, envío al Dr. Herrero nuestro emocionado gracias, porque por apoyar nuestro reclamo debió sufrir afrentas que a Dios gracias fueron sorteadas con felicidad, porque siempre las acciones en bien en los demás tienen sus recompensas, y más si se obra como lo hizo este hijo pródigo de Catamarca, que reclamó nuestros derechos, siguiendo el camino correcto, siempre a derecho.

Dr. Herrero, aunque a la fecha la mayoría de los que reclamamos con juicio el retroactivo de nuestros haberes, y con oficios como el mío que dice: "Se dicte acto administrativo de liquidación de sentencia, del 12 de junio de 2015”, a la fecha seguimos esperando, rogando no sucumbir en la espera, este nuevo logro por Ud. conseguido nos llena de alegría y nuevas esperanzas, pero no nos faltan aflicciones, ya que la ANSES informó que apelará. Ojalá la Suprema Corte dictamine a favor de la medida tomada por la Cámara de Seguridad Social de la Nación, pues será justicia.

Prof. Lindamira
Monasterio Sánchez
DNI 4.710.502

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