Tras una denuncia realizada por los familiares de Javier Espeche, un joven que se encuentra en estado vegetativo tras sufrir un grave accidente de tránsito hace tres años, la Justicia Federal intimó a la obra social OsMédica por negarse a prestar los servicios correspondientes.
La Justicia Federal intimó a una obra social por negar prestaciones médicas
El abogado de la familia de Espeche, Juan Zavaleta, afirmó que el afiliado “en muchas oportunidades requirió diversas prestaciones médicas o servicios para poder tener una salud digna en cuanto a su enfermedad, y la obra social siempre ha sido resistente a cumplir”.
“Las obras sociales responden a un principio de sociabilización de las enfermedades en el sentido que muchas personas pagamos la obra social y no usufructuamos de ella, entonces resulta ilógico el argumento de que el tratamiento resulta costoso” agregó Zavaleta.
En ese sentido, aclaró que “el sentido de contar con una obra social es que pueda cubrir las necesidades en el momento de enfermedad”.
“Javier necesita del cumplimiento de la obra social que muchas veces ha puesto trabas u objeciones para cumplir. En un momento necesitó prestaciones, porque la patología lo requiere, entre ellas, una silla de baño. Es un chico que pesa 90 kilos y es grande, las enfermeras, médicos y familiares deben movilizarlo para bañarlo y darle una vida digna en lo que respecta a su enfermedad”, relató.
Y continuó: “La obra social entregó una silla que no cumplía con los requisitos de lo médicos, lo cual se lo hicimos saber. La silla se quebró produciendo un golpe en el chico, por lo que la madre realizó una denuncia en la Unidad Judicial”.
Zavaleta afirmó que “esta situación fue puesta en manifiesto en la obra social solicitando que cumplieran con las condiciones que había establecido el médico en el pedido de la silla de baño, pero la obra social se negó, soldó la silla y quiso entregarla así”.
“Desde la asesoría legal solicitamos una pericia médica la cual establecía que la silla no cumplía con las condiciones de ANMAT”, continuó el abogado.
Ante esta denuncia, el juez federal solicitó que en el plazo de diez días la obra social cumpliera con la entrega de la silla de baño en las condiciones que la solicita el medico del paciente.
“Considero que este accionar de las obras sociales no debe propagarse y considerarse un acto normal. Normalicemos que cada vez que una persona necesite de las prestaciones se cumplan sin la intervención de algún estudio jurídico”, concluyó Zavaleta.