viernes 10 de abril de 2026
En el Juzgado Correccional de Primera Nominación

Pena en suspenso y dispositivo electrónico para violento condenado

Fue declarado culpable por varios hechos de “amenazas simples”, “desobediencia a la autoridad” y “coacción”.

Días pasados, el juez Correccional de Primera Nominación, Edgardo Acuña, declaró culpable a un hombre por los delitos de “amenazas simples” (dos hechos), “desobediencia a la autoridad” (dos hechos), “coacción” (un hecho) y amenazas simples y desobediencia a la autoridad en concurso ideal (un hecho), todo en concurso real. Por ello fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso. A la vez se fijaron pautas de conducta, entre éstas realizar un tratamiento psicológico orientado a la prevención de hechos similares a los juzgados, así como al control del consumo excesivo de alcohol, asistir a un taller de capacitación en violencia de género y abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto con la denunciante –quien era su pareja, por ello se reserva su identidad-. A tal fin, el magistrado también ordenó, por el plazo de seis meses, la inmediata colocación de un dispositivo electrónico dual para asegurar el cumplimiento de las medidas impuestas. Dada la situación, se libró oficio, con carácter muy urgente, a la Dirección de Coordinación Institucional del Ministerio de Seguridad.

Los hechos por los que el acusado respondió sucedieron entre diciembre de 2021 y febrero de 2023. Su exesposa resultó víctima. “No me jodas porque yo voy a entrar y los voy a matar a todos en tu casa; yo tengo acá en la moto un cuchillo y el arma; ya vas a cagar, te voy a matar”, fue una de sus amenazas. En otra ocasión, le manifestó: “Cuidate porque la única forma en que te deje de molestar va a ser cuando te vea bajo tierra; cuidate, yo ando por todos lados, cuando te encuentre con alguien ahí vas a saber quién soy”. Oportunamente, desde el Juzgado de Familia de Segunda Nominación se había ordenado una restricción de acercamiento pero el acusado incumplió. “Si yo me entero con quien estás más vale que te cuidés vos y la otra persona”, volvió a amenazar.

En debate, el acusado reconoció los hechos y asumió su responsabilidad. También manifestó estar arrepentido. Según declaró, en la actualidad no mantenía conflictos con su exesposa y aseguró que no volvería a incurrir en conductas similares en su contra.

En su alegato, la fiscal Correccional Cynthia Romero destacó que algunos factores advirtieron sobre un nivel de riesgo alto. “Estas evaluaciones tuvieron en cuenta factores como el consumo de alcohol mezclado con medicamentos por parte del imputado, las reiteradas denuncias y los incumplimientos de medidas judiciales”, precisó.

Además, consideró que debía prestarse atención a la reiteración de los hechos, el control ejercido por el imputado sobre la víctima, la intensidad de la violencia y los motivos que lo llevaron a delinquir. Éstos estaban relacionados con una concepción de masculinidad hegemónica. Finalmente, mantuvo la acusación y pidió una pena de tres años de prisión en suspenso.

A su turno, el abogado de la defensa, Facundo Nazareno Biegler, dada la confesión de su asistido, adhirió al planteo del Ministerio Público Fiscal. A la vez, remarcó que el imputado experimentó una transformación positiva en su conducta.

En los fundamentos, el magistrado destacó que la dependencia emocional, el retraimiento social y los episodios de ansiedad y temor descriptos por los profesionales son compatibles con las experiencias narradas en las denuncias de la víctima. “Otorga mayor verosimilitud a su relato y evidencia el impacto devastador de los hechos en su bienestar. Las amenazas proferidas no solo fueron directas y reiteradas, sino que también incluyeron referencias explícitas a daños físicos, como el uso de armas, lo que incrementa la peligrosidad de su conducta. Además, no se trató de hechos aislados, sino de un patrón de hostigamiento y violencia sistemática hacia la víctima, que incluyó la violación reiterada de las medidas judiciales de protección”, destacó.

A la vez, el juez Correccional Acuña valoró en contra del acusado la extensión del daño ocasionado. Se acreditó que los hechos produjeron daño psíquico en la denunciante, incluyendo un estado de temor constante, ansiedad y limitaciones en su vida cotidiana, todas derivadas del hostigamiento del imputado. “La especial vulnerabilidad de la víctima, en su condición de mujer, refuerza la gravedad del hecho. Los motivos que llevaron al acusado a delinquir fueron basados en celos y en una cosificación de la mujer, caracterizada por un sentimiento de pertenencia que intentó imponer mediante la violencia” detalló.

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