jueves 21 de septiembre de 2023

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La Sala Penal confirmó el recurso de casación denegado por la Cámara de Apelaciones en la Penal y de Exhortos.

"Muña Muña": la Corte rechazó dos recursos de queja de la querella

La Sala Penal confirmó el recurso de casación denegado por la Cámara de Apelaciones en la Penal y de Exhortos.

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Tras el sobreseimiento de Bernardino Antonio “Muña Muña” Cruz, quien había sido acusado por un delito contra la integridad sexual, la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca se pronunció. La querella, representada por la abogada del foro local Nidia Beatriz Gauthier, había presentado un recurso de queja luego de que la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos haya rechazado el recurso de casación.

Ante este reclamo, la Sala Penal, integrada por los ministros Hernán Martel, Verónica Saldaño y Fernanda Rosales Andreotti, resolvió no hacer lugar al recurso de queja por casación denegada impulsada por la querella.

La defensa de “Muña Muña” Cruz había apelado la decisión del Juzgado de Control de Garantías de la Cuarta Circunscripción Judicial que había rechazado que sea declarado inimputable y el cese de la prisión preventiva. Por ello se recurrió a la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos. El Tribunal de Alzada resolvió declarar de oficio la nulidad absoluta del acta de fundamentos de control jurisdiccional.

A la vez, se destacó que esa decisión fue notificada por su lectura en la audiencia llevada a cabo el 28 de junio último. No obstante, en la oportunidad, la representante de la querellante particular no concurrió a la audiencia fijada y no justificó oportunamente su incomparecencia. De acuerdo con la querella, recién el 3 de julio tomó conocimiento de los fundamentos, cuando se presentó en la Fiscalía de Instrucción. Finalmente, el 26 de julio presentó un recurso de casación en la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos.

“Ese recurso fue declarado inadmisible por haber sido presentado fuera del término legal. Para fundar tal rechazo, los magistrados refirieron que el recurso fue presentado extemporáneamente, toda vez que el plazo, teniendo en cuenta la suspensión de los términos de la feria judicial (desde 10 al 21 de julio de 2023) caducó el 24 de junio, sumado a la prórroga especial de las dos primeras horas del día hábil siguiente (25 de junio, a las 9). Para resistir ese rechazo, se presenta en queja ante este Tribunal. Considera irrazonable y desproporcionada la actitud del tribunal, ante la jerarquía de un Tratado

Internacional, atento a que se afectan los derechos y garantías de la niña víctima, de raigambre constitucional, ya que no existe otro remedio procesal”, se remarcó.

Además, se advirtió que la presentación del recurso de queja determina juzgar sobre la corrección de los argumentos expuestos para no admitir un recurso que debe ser sometido a decisión de este Tribunal. No obstante, se aclaró que el rechazo de la vía impugnativa pretendida se apoyó en la extemporaneidad de su presentación.

“Los términos perentorios son improrrogables, salvo las excepciones previstas en la ley, cuya concurrencia en el caso la recurrente no demostró y, por ello, cabe concluir que el recurso fue correctamente denegado, en un todo de acuerdo con las normas legales invocadas en apoyo de esa decisión. Esa presentación fuera de plazo sella la suerte del recurso que pretende someter a decisión de este Tribunal. Es que, la sola mención de afectación de garantías constitucionales –derecho de la niña víctima del delito- no basta para hacer excepción a las limitaciones que la ley procesal establece”, se consideró.

Expediente

La agresión sexual por la que Cruz fue acusado habría sucedido a mediados de febrero en Santa María. La víctima es una niña y la denuncia fue realizada por la madre de la nena en los primeros días de marzo. Cruz había sido imputado por “abuso sexual gravemente ultrajante”. Luego de confirmarse la detención, Cruz continuó alojado en la Comisaría Departamental de Santa María.

En abril, un informe psiquiátrico del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF) indicó que el acusado presenta insuficiencia en sus facultades mentales. Se trata de un leve retraso madurativo por el que no comprendería la criminalidad del acto y representaría un riesgo para sí mismo como para terceros también. A mediados de agosto, “Muña Muña” recuperó la libertad. Además del cese de prisión preventiva, se resolvió el sobreseimiento por la causal de inimputabilidad.n

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