jueves 22 de octubre de 2026
Balacera en las Mil Viviendas

La Sala Penal confirmó la prisión preventiva para acusado de homicidio

Consideró que hay indicios que "se sostienen y permiten acreditar la peligrosidad del acusado" y el riesgo procesal.

“Los fundamentos vertidos por el tribunal demuestran circunstancias concretas de riesgo procesal. Se debe rechazar el planteo del abogado defensor y confirmar la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Juvenil”, remarcó la Sala Penal de la Corte de Justicia, con relación al principal acusado por la “balacera en Las Mil Viviendas”.

El lamentable episodio de violencia ocurrió el domingo 28 de agosto de 2022, en el populoso barrio de Las Mil Viviendas. La víctima fatal fue Gonzalo Moreno, un joven de 25 años; recibió una herida de arma de fuego en la cabeza y falleció días después. Tras la fatalidad, hubo versiones cruzadas. Desde el lado de la víctima aseguran que ellos fueron a hablar para tratar de calmar los ánimos luego de que horas previas se registraran incidentes. Por su parte, desde el lado de la familia del sospechoso, señalaron que eran aproximadamente veinticinco personas y que llegaban con palos y armados. Por este hecho, Ariel Aragón fue imputado por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y a un adolescente se lo acusó por “abuso de armas”. Por ello, la causa se investigó en la órbita del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. Ambos imputados son asistidos por el abogado del foro local Pedro Justiniano Vélez.

Oportunamente, se fijó una prisión preventiva por el lapso de 10 meses. Al filo del cumplimiento de éste, el defensor Vélez había planteado, en primer término, la nulidad de la elevación a juicio al considerar que se trató de una legítima defensa. En consecuencia, también pidió el sobreseimiento. No obstante, de manera subsidiaria, planteó el cambio de calificación por “homicidio en riña”. Según el defensor, en el violento hecho hubo una reyerta.

“El joven no salió de la casa. Se trató de una legítima defensa privilegiada. Había un grupo con armas de fuego. Invitan a ingresar de modo hostil. Si se hubiera logrado el ingreso, habría pluralidad de víctimas”, sostuvo.

Según el defensor, hubo dos personas más con armas de fuego. “No se acreditó qué arma sesgó la vida de Moreno. Hubo al menos cuatro armas en el hecho”, indicó. A la vez, señaló que se hallaron dos casquillos en el pasillo donde estaban la víctima y otras personas. “El joven no salió de su casa. No hay pruebas de que el arma la haya usado. No sabemos quién usó el arma ni si ultimó la vida del otro joven. Hay un estado de incertidumbre”, consideró. También remarcó que existen llamados grabados al 911 de la familia del joven acusado, mientras pedían auxilio.

El juez de Control de Garantías de este fuero especializado, Rodrigo Morabito había resuelto la prisión preventiva por 10 meses para el principal sospechoso. El 30 de junio el joven recuperó la libertad, con fuertes restricciones. “En el día de la fecha se le concede la libertad bajo restricción. Le sugiero que haga las cosas bien, que ni pise Las Mil Viviendas”, había recomendado Morabito al joven imputado.

Ante este revés, el fiscal Penal Juvenil Guillermo Narváez apeló. “Fue un accionar doloso, con un arma de fuego. Debe confirmarse la resolución anterior”, sostuvo. En septiembre, la Cámara de Apelaciones en lo Penal Juvenil, integrada por los jueces Fabricio Gershani Quesada –del Tribunal Penal Juvenil- y sus pares de la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación, Fernando Esteban y Mauricio Navarro Foressi. Por unanimidad, confirmó la elevación a juicio de la “balacera en Las Mil” por “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. A la vez, ordenó la detención inmediata y traslado del acusado al Servicio Penitenciario Provincial, en Capayán, para el principal acusado. El joven se presentó de manera espontánea en la Comisaría Novena, a efectos de cumplir con la orden resuelta por esta Cámara.

No obstante, el abogado defensor presentó un recurso de casación ante la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca. El pasado 12 de diciembre, se realizó la audiencia de expresión de agravios. Recientemente, los ministros Hernán Martel, Fernanda Rosales Andreotti y Verónica Saldaño resolvieron, por unanimidad, no hacer lugar al recurso de casación y confirmar la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Juvenil. El voto fue elaborado por la ministra Rosales Andreotti.

Resolución

“La Cámara valoró inicialmente que, dada la calificación legal del delito atribuido ‘homicidio agravado por el uso de arma en calidad de autor’ y la entidad de la pena conminada en abstracto (prisión de 10 años y seis meses como mínimo y 36 años y 3 meses como máximo) de ser encontrado culpable, no aparece como posible la condena condicional. En este aspecto, coincido con lo expuesto por el Tribunal. La expectativa de una pena efectiva privativa de la libertad puede ser valorada como un indicio de que el acusado podría intentar eludir el accionar de la Justicia, pero ello no debe ser merituado de manera aislada y sin analizar las circunstancias personales del condenado y las particularidades del caso en que se ordena”, se precisó.

Para la Sala Penal, tanto la Cámara de Apelación en lo Penal Juvenil como el juez de Control de Garantías analizaron –en las instancias correspondientes- los indicadores para acreditar la peligrosidad del acusado. Tales aún se mantienen a los fines de justificar la restricción a la libertad en esta instancia procesal, se advirtió.

“Sostuvieron los sentenciantes que un indicador de peligrosidad del acusado son las circunstancias en las cuales se desarrolló el hecho y la probabilidad concreta que éste cometió el hecho por el que se lo acusa. En sus fundamentos, el Tribunal refiere a prueba testimonial incorporada a la causa que da cuenta de la peligrosidad del acusado para los fines del proceso. Con relación a ello, sostiene el Tribunal que ningún testigo declarara tranquilo y libre en un debate si sabe que el imputado conoce su casa, sus movimientos y es violento. También se hizo referencia en su decisión al carácter violento del acusado, el cual se encuentra acreditado por la pericia psiquiátrica”, detalló la Sala.

Al respecto, los ministros consideraron que el acusado podría tratar de eludir o entorpecer el accionar de la Justicia, teniéndose en cuenta el intento de esconder el arma que se habría utilizado en el homicidio de Moreno. Ésta finalmente fue encontrada en un rastrillaje.

“La gravedad del delito por el cual se acusa al joven, las circunstancias en las cuales se produjo el hecho, los testimonios que menciona el Tribunal y la pericia psiquiátrica del acusado, constituyen en una valoración y análisis integral de elementos de convicción suficiente para sostener la prisión preventiva, sin que aparezca otra medida como adecuada para ese fin. Los fundamentos vertidos por el Tribunal demuestran circunstancias concretas de riesgo procesal”, se detalló.

Crónica de un hecho de sangre

  • Domingo 28 de agosto/2022. Hubo un feroz enfrentamiento entre bandas en el domicilio de los sospechosos. De acuerdo con las primeras investigaciones, se habría producido un desorden de gran magnitud. El saldo fue de tres personas heridas; una de ellas, Gonzalo Moreno, un joven de 25 años, recibió una herida de arma de fuego en la cabeza. Ingresó en grave estado al Hospital San Juan Bautista.
  • 30 de agosto. Moreno fue declarado con muerte cerebral. Se confirma la detención al principal acusado –en principio por lesiones-.
  • 1 de septiembre. Fallece el joven Moreno. Ariel Aragón es acusado por “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
  • Un adolescente fue imputado, se lo acusó por “abuso de armas”. Por el tipo de delito, se encuentra en libertad.
  • 30 de junio/2023. Tras cumplirse el plazo de 10 meses, se venció la prisión preventiva para el principal sospechoso. Recuperó la libertad.
  • 25 de julio. El fiscal Penal Juvenil Guillermo Narváez apeló la excarcelación del joven acusado.
  • 8 de septiembre. El principal acusado por la Balacera en Las Mil regresa al Penal. La Cámara de Apelación Penal Juvenil confirmó la elevación a juicio por “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.

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