El juez Correccional de Primera Nominación, Edgardo Acuña, no hizo lugar al planteo que había presentado el abogado defensor Luis Marcos Gandini en relación con el caso mediáticamente conocido como Tragedia de la Alcaidía. Para la defensa de dos de los imputados, la causa estaba prescripta. Sin embargo, el magistrado resolvió “no hacer lugar a la excepción de previo y especial pronunciamiento por prescripción de la acción penal planteada”. Por este siniestro, los policías Juan Carlos Reyes, Adrián Antonio Mansilla, Luis Alberto Leiva, Adriana del Valle Galván y Carlos Daniel Leiva fueron imputados por “homicidio culposo agravado por el número de víctimas fatales”. Los acusados Mansilla y Leiva, representados por Gandini, habían planteado la prescripción y sobreseimiento.
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La causa de la Tragedia de la Alcaidía no está prescripta
El juez Correccional Edgardo Acuña rechazó el planteo presentado por la defensa de los policías imputados.
El lúgubre hecho sucedió en septiembre de 2011. Cuatro adolescentes murieron en la Alcaidía de Menores. Ellos eran Franco Ezequiel Nieva (16), Nelson Alfredo Orlando Molas (17), Nelson Nahuel Fernández (15) y Franco Alejandro Sosa (16). Tal vez cansados o molestos o por impulso adolescente, colocaron un colchón en la puerta de su celda y lo encendieron. Así, la protesta se convirtió en tragedia. Bastaron minutos para que las llamas causaran estragos; los chicos murieron calcinados con el correr de las horas.
Para el juez Acuña, la causa no está prescripta.
La fiscal Correccional Cynthia Romero se opuso al planteo de la defensa. La representante del Ministerio Público Fiscal remarcó que la presente causa presenta una complejidad especial, tanto por la cantidad de personas imputadas como por el número de víctimas fatales; por ello requirió un abordaje más amplio. Además, advirtió que las demoras en la fijación de audiencias no obedecieron a una inacción del Estado, sino a múltiples factores, incluyendo solicitudes de suspensión formuladas por la propia defensa.
“Estamos frente a una causa de significativa complejidad. Ésta se encuentra caracterizada por la pluralidad de imputados -cinco personas acusadas-, la pluralidad de víctimas fatales, la gravedad del hecho investigado y las particulares circunstancias en las que ocurrió, lo que ha exigido un análisis minucioso durante la instrucción y también en la preparación del juicio. A ello se suma la importante dimensión del expediente, integrado por numerosos cuerpos principales y anexos probatorios, con prueba documental, pericial y testimonial de consideración”, detalló el magistrado.
A la vez, destacó que las partes ofrecieron casi 50 testigos para la audiencia de debate, lo que implica una logística y planificación que excede ampliamente la de un proceso común. Según el juez Acuña, no existió “un impulso activo por parte de los imputados para lograr la realización del juicio. Por el contrario, esa parte provocó en dos oportunidades la suspensión de la audiencia de debate: primero al plantear la suspensión del juicio a prueba, y luego por una superposición de compromisos del defensor. Estas circunstancias no resultan coherentes con el alegato de una afectación a la garantía que invocan”.
Expediente
El derrotero judicial
Los policías Juan Carlos Reyes, Adrián Antonio Mansilla, Luis Alberto Leiva, Adriana del Valle Galván y Carlos Daniel Leiva fueron imputados por “homicidio culposo agravado por el número de víctimas fatales”.
En octubre de 2014, los fiscales Miguel Mauvecín y Marcelo Sago elevaron la causa a juicio. En abril de 2015, el juez de Control de Garantías Héctor Maidana confirmó la citación a juicio y la causa ingresó en el Juzgado Correccional de Primera Nominación.
Entre octubre de 2018 y marzo de 2023 se habría fijado fecha de audiencia en al menos cinco ocasiones. En cada oportunidad se realizaron diferentes planteos.