Durante más de un hora, un jurado popular debatió sobre la inocencia o culpabilidad de un hombre que había llegado imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal continuado calificado por la guarda en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravada continuado en calidad de autor”. Se trató del tercer juicio por jurados que se efectuó en la provincia pero el primero por un delito contra la integridad sexual.
- El Ancasti >
- Edición Impresa >
- Policiales >
Jurado popular halló culpable a un hombre acusado por abuso sexual
La Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial fue la sede del juicio por jurados. El magistrado Carlos Moreno fue el juez director del juicio popular. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal de Instrucción Alejandro Gober –quien estuvo a cargo de la investigación- y el fiscal de Cámara Augusto Barros. Ambos estuvieron acompañados por la asesora de Menores Carolina Acuña Barrionuevo y el abogado del foro local Marcos Gandini, en representación de la querella. En tanto que el abogado particular Luciano Rojas estuvo a cargo de la defensa.
Por tratarse de un delito de instancia privada, la audiencia se desarrolló a puertas cerradas. De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, el martes último, por la mañana, se llevó a cabo la audiencia de voir dire, es decir, de selección de los 14 jurados -12 jurados titulares y los dos suplentes-, con paridad de género, mitad mujeres y mitad varones-. Al mediodía, quedó conformado el jurado y el juez instructor les tomó el juramento de rigor. El miércoles, inició el juicio, a las 9, el juez Moreno dio las instrucciones iniciales al jurado. Luego, las partes expresaron su alegato de apertura y se inició la ronda de testigos. La audiencia se prolongó hasta las 18.
Ayer, se presentaron los últimos testigos. A continuación, las partes pronunciaron el alegato de cierre. Finalizada esta instancia y tras recibir las últimas indicaciones del juez Moreno, el jurado pasó a deliberar, durante más de una hora. Durante la siesta, se dio a conocer el veredicto de culpabilidad. Ante este fallo, el juez Moreno fijó audiencia de cesura de pena, para este martes, 20 de diciembre.
Ley
El juicio por jurados está contemplado en la Constitución Nacional como una garantía de los habitantes y como una obligación para administrar justicia desde 1853, en los artículos 24, 75 y 118. Es básicamente una forma de juzgamiento en el que un grupo de vecinos decide sobre dos cuestiones, si el hecho realmente existió y si el acusado o acusada es culpable.
La ley establece que "los juicios criminales que impliquen delitos con penas de más de 20 años de prisión como homicidios, violaciones y otros delitos graves, sean realizados de manera obligatoria por jurados populares". A su vez, establece que el jurado "estará integrado por 12 personas titulares (con igualdad de género) y como mínimo, por dos suplentes y que sea dirigido por un solo juez o jueza y que el panel de jurados titulares y suplentes, esté siempre integrado por mujeres y hombres en partes iguales".
Los jurados seleccionados no pueden negarse porque es un deber cívico. Es decir, una carga pública, como ir a votar. No obstante, solo podrán excusarse en situaciones muy particulares, como residir en el extranjero o si la persona tiene más de 70 años, entre otras cuestiones. De todos modos, las causales de excusación serán valoradas por el magistrado con criterio restrictivo. Será el juez o jueza quien hará lugar a la excusación.
En caso de que el jurado no asista, puede ser buscado por la Policía y sancionado con una multa. Si el día de la audiencia, ocurre un imprevisto, el jurado debe avisar por cualquier medio (telefónico, correo electrónico o por una tercera persona) a la OGA que no podrá asistir. Las causas de inasistencia serán evaluadas. Luego, puede ser convocado nuevamente para participar como jurado.
Paridad de género
Oportunamente, los capacitadores de los operadores judiciales catamarqueños consideraron que Catamarca cuenta con una de las normativas más avanzadas. “Es la representatividad más justa y ecuánime que va a darse en jurados. Es importante garantizarse la paridad de género. Es el único sistema de enjuiciamiento por jurados con paridad de género en el mundo”, remarcaron.