domingo 22 de marzo de 2026
En la causa por los 59 cesanteados de Recreo

Jueza rechazó la oposición de Polti a la imputación por desobediencia judicial

La jueza de Control de Garantías consideró que las pruebas son suficientes para la imputación.

Según fuentes judiciales, la jueza de Control de Garantías de la Sexta Circunscripción Judicial, con asiento en Recreo, La Paz, Corina Pérez, rechazó por improcedente la oposición del intendente Luis Polti a la imputación que había realizado la fiscal Jorgelina Sobh por desobediencia judicial. Esto se dio en el marco de la causa de los 59 cesanteados de la Municipalidad de Recreo que fueron a la Justicia y obtuvieron sentencia favorable para su reincorporación.

Según trascendió, la magistrada habría considerado que las pruebas que se incorporaron, tal como la sentencia definitiva de la Corte de Justicia de Catamarca y la denegatoria al recurso extraordinario, son prueba suficiente para la imputación del delito de desobediencia judicial. Además, señala que la queja presentada por el intendente ante la denegatoria del recurso extraordinario no tiene efecto suspensivo de la resolución de Corte de Justicia de Catamarca que hace lugar a la incorporación de los cesanteados.

De esta manera, la magistrada consideró que el decreto de determinación del hecho al que se opone no resulta arbitrario con la pruebas señaladas. Esta resolución fue notificada ayer al abogado Fernando Contreras, fiscal municipal y representante legal del jefe comunal.

En declaraciones a la prensa, Contreras insistió en que el fallo de la Corte de Justicia no se encuentra firme porque se está tramitando el recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia por la denegación del recurso extraordinario. "Estamos en la espera de la admisibilidad del mismo y en los próximos días tendremos novedades", expresó.

Días pasados, Polti había presentado un recurso de oposición a la imputación que recibió por desoír el fallo de la Corte que lo obliga a reincorporar a los empleados que cesanteó de la Municipalidad.

Por intermedio de su abogado y fiscal municipal, Fernando Contreras, Polti se opuso a la imputación al considerar que no están dados los requisitos y la tipicidad para el delito que se le endilga, que es el de una desobediencia de orden judicial.

El fundamento esgrimido por el intendente era que el recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación está interpuesto en tiempo y forma, y que la Corte provincial está informada de esa situación.

El abogado Iván Sarquís se refirió a la dilación que tiene todo este proceso: "Si la Corte aplicó astreintes (multa) es porque verificó que existía desobediencia judicial. Hay cinco jueces del máximo tribunal que están diciendo que Polti incurre en desobediencia y la fiscal también lo imputó en ese sentido".

Además, adelantó que el jefe comunal tendrá que responder por todo el daño económico a los 59 cesanteados que perdieron su trabajo y que tienen ya sentencia firme porque el recurso de queja no suspende la aplicación de la sentencia. "Los sueldos pendientes y el daño moral asciende a unos $ 130 millones y él es solidariamente responsable", definió.

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