El subcomisario Simón Ibáñez, imputado por un robo a mano armada, sacó la chapa patente del auto el día que se concretó el ilícito.
El momento quedó registrado en las imágenes de las cámaras de seguridad del SAE 911 de la Policía.
El subcomisario Simón Ibáñez, imputado por un robo a mano armada, sacó la chapa patente del auto el día que se concretó el ilícito.
Esta circunstancia se pudo observar en las imágenes registradas por el sistema de cámaras de seguridad SAE 911 de la Policía, las cuales fueron analizadas y visualizadas por los investigadores, de acuerdo con la información a la que accedió El Ancasti.
Según el avance de la investigación que está realizando la Fiscalía, del análisis de las grabaciones de las cámaras se logra advertir el recorrido efectuado por un vehículo de su propiedad, desde el momento en que egresa de su domicilio particular hasta el instante en que se da a la fuga tras la comisión del hecho investigado.
Asimismo, en las secuencias fílmicas se observa a Ibáñez manipular la chapa patente del rodado, retirándola y colocándola nuevamente en distintos momentos del trayecto.
Los operados judiciales estiman que esta conducta evidencia una maniobra deliberada tendiente a dificultar su individualización. También consideran que este proceder resulta compatible con una clara intención de evitar su identificación por parte de los sistemas de vigilancia y de las fuerzas de seguridad, lo cual constituye una conducta dirigida a entorpecer la investigación.
El último martes, la jueza de Control de Garantías N° 2, Cecilia Mas Saadi, dictó la prisión preventiva de Ibáñez, quien está acusado por el delito de “robo calificado por el uso de armas, agravado por su condición de miembro de una fuerza de seguridad”, en el marco de la investigación por el asalto ocurrido el 26 de enero pasado en la zona norte de la ciudad Capital.
La medida había sido solicitada por el fiscal de Instrucción N° 5, Hugo Costilla, del Distrito Norte, quien conduce la investigación penal preparatoria en contra del hombre.
Durante la audiencia realizada la semana pasada, el acusado estuvo asistido por un abogado particular.
En esa instancia, el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) requirió que Ibáñez permanezca detenido y expuso ante la jueza los distintos elementos probatorios reunidos en la investigación.
La investigación se inició a partir de actuaciones de oficio labradas por la comisaría Séptima, a las que se sumó la denuncia del damnificado.
Con el avance de las diligencias se incorporaron distintos elementos probatorios que permitieron individualizar al presunto autor, solicitar su arresto y concretar procedimientos en los que se secuestraron elementos de interés para la causa.
En el marco de la investigación también se realizó una rueda de reconocimiento, en la que la víctima identificó al imputado.
Con ese resultado y el resto del material probatorio reunido, el fiscal dispuso el pase a detenido.
De acuerdo con la hipótesis de la Fiscalía, el hecho ocurrió el 26 de enero en un local comercial del rubro Rapipago, ubicado en el norte de la ciudad.
En ese contexto, el autor habría amenazado con un arma de fuego al propietario del comercio, apoderándose de una suma de dinero para luego darse a la fuga.
La causa generó un fuerte impacto en la comunidad y en la fuerza de seguridad por las características del hecho.
Fundamentos
Tras el dictado de la prisión preventiva en contra del subcomisario, se conocieron los fundamentos de la jueza.
La magistrada resaltó, entre otras cuestiones, que Ibáñez “reviste la calidad de funcionario policial en actividad, lo que implica que habría aprovechado su condición de miembro de la fuerza de seguridad, así como los conocimientos operativos propios de su función, para facilitar la comisión del hecho y procurar su impunidad”.
Mas Saadi destacó que la conducta atribuida al subcomisario “no se limita a la comisión de un hecho contra la propiedad, sino que importa asimismo una vulneración particularmente grave de los deberes de probidad, legalidad y lealtad institucional que rigen el accionar de los miembros de las fuerzas de seguridad, circunstancia que potencia la lesividad social del accionar investigado”.
La jueza remarcó la magnitud de la peligrosidad demostrada por el acusado que “siendo agente del orden y custodio de la sociedad, a quien ésta le proporcionó una capacitación especial y pagó un sueldo, justamente para su resguardo y prevenir la comisión de hechos delictivos, no vaciló en vulnerar la confianza y los intereses que el Estado había puesto bajo su guarda”.
Además, señaló “la demostración de violencia desplegada durante el hecho” y consideró que es un indicador que amerita “sostener la detención cautelar” porque una medida menos gravosa “no neutralizaría los peligros procesales señalados”.
Por otra parte, aseguró que “el imputado, como policía, tiene facilidad de acceso a recursos, contactos y conocimiento procedimental que aumentan el riesgo de evasión. (…) La prisión preventiva del imputado se encuentra plenamente justificada, tanto en lo referido a su mérito sustantivo, como a la presencia de indicadores de riesgo procesal que hacen necesario e insustituible el encarcelamiento preventivo del encartado”.
Por último, recomendó a la Fiscalía que arbitre los medios necesarios a fin de que concluya la investigación con la mayor celeridad posible.n