Nievas fue condenado a prisión perpetua

Crimen de Rasguido: la Corte rechazó un segundo recurso de la defensa

En diciembre de 2019 ejecutó a quemarropa a Agustín Rasguido, un adolescente de 18 años en Bañado de Ovanta.
6 de mayo de 2023 - 00:25

El 25 de diciembre de 2019, un crimen conmovió a la pequeña localidad de Bañado de Ovanta, en Santa Rosa. Agustín Rasguido, un joven de 18 años, fue ultimado de varios disparos a quemarropa. Por este hecho, en marzo de 2022, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación halló culpable a Marcos Elías Abraham Nievas –de 22 años al momento del debate- por los delitos de “homicidio agravado por la alevosía en concurso real con tenencia de armas de fuego de uso civil sin la debida autorización legal en calidad de autor”. En consecuencia, fue condenado a la pena de prisión perpetua, el máximo castigo.

Su abogado defensor, Jorge De la Fuente, casó el fallo. A mediados de marzo último, la Corte de Justicia resolvió no hacer lugar al planteo efectuado por la defensa. A la vez, confirmó la condena de Cámara. El voto fue elaborado por la ministra Fabiana Gómez, acompañada por sus pares Luis Raúl Cippitelli, José Ricardo Cáceres, Miguel Figueroa Vicario, Fernanda Rosales Andreotti, Verónica Saldaño y Silvio Martoccia.

Ante este revés, la defensa decidió presentar otro recurso para casar el rechazo de la Corte de Justicia por el primer planteo. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que el máximo tribunal de justicia catamarqueño en pleno resolvió no hacer lugar al nuevo planteo. Según se explicó, desde la Corte de Justicia se había notificado el fallo por correo electrónico, instituida por Acordada Corte de Justicia N° 4448/2020. En este contexto, hay un plazo de 10 días para presentar el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los plazos vencieron y la defensa presentó un nuevo recurso de casación con base a la casación denegada. El defensor insistió en el cuestionamiento a la condena. La Corte rechazó el nuevo planteo. A la vez se indicó que queda una única vía: el recurso extraordinario federal para casar el fallo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Rechazo

Los fundamentos de la resolución de la Corte –de la primera casación-, se sostuvo que la duda que intenta sembrar la defensa carece de sustento a los fines de modificar lo decidido. “No tiene entidad para modificar lo decidido la crítica del impugnante, centrada en sostener que Nievas no sabía usar un arma de fuego, que no se logró comprobar que la persona que disparó el arma tenga habilidades para el disparo o mínimamente conocimientos en esa materia que puede generar cierto peligro inminente y de actuación sobre seguro para perpetrar el delito endilgado. La crítica así planteada carece de desarrollo argumental, por lo que el mero enunciado de tales circunstancias a modo de agravio deviene insuficiente a los fines de la pretendida modificación de la sentencia”, advirtió la ministra.

A la vez que se señaló que resulta contradictorio con los argumentos planteados al inicio de su escrito recursivo. La defensa no discutió la autoría del homicidio sino que centra su crítica en cuestionar la existencia de la figura agravada por alevosía. “Se busca ‘una víctima desprevenida’, ‘que se encuentre en situación de indefensión que le impida oponer resistencia que se transforme en un riesgo para el agente’ y ‘una marcada ventaja en favor del que mata, como consecuencia de la oportunidad elegida’. En síntesis, no cuenta ‘la reacción posterior al ataque que pueden asumir los terceros, sino el riesgo que procede del rechazo del ataque mismo. Los juzgadores ponderaron con base al material probatorio debidamente incorporado al debate que esa planificación de terminar con la vida de Agustín Rasguido comenzó con varios meses de anticipación al desenlace final. A tales fines, el Tribunal valoró los sistemas de comunicación electrónica entre el imputado Nievas y su novia, una chica de 15 años –exnovia de la víctima-, en donde se visualiza la transcripción de los mensajes que ambos intercambiaban, alusivos al modo en que lo harían, a los celos que Nievas sentía hacia Agustín, al lugar solitario y descampado elegido en el que Nievas ultimaría a la víctima, a cómo lograrían que se dirigiera al lugar indicado por ellos, a la forma en que lo harían y a la idea de huir con posterioridad, así nadie sospecharía de ellos. El autor se aseguró la imposibilidad de que alguien lo viera llegar”, se precisó.

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