Condenada por defenderse y absuelta por la Corte Suprema de la Nación
"Cecilia", un caso catamarqueño que sentó precedente nacional
Este fallo fue citado en otros dos casos locales, marcados por homicidios en un contexto de violencia.
Premisa. El fallo remarca el derecho a una vida libre de violencia.
“Yo gritaba y le decía que 'basta' pero él no escuchaba… no sé qué agarré para defenderme”, había declarado Cecilia. La noche del 3 de junio de 2005 Cecilia se encontró en una situación de violencia extrema. Era su vida o de la su pareja, el padre de sus hijos. Al final, prefirió defender su vida y la del hijo que estaba esperando; Cecilia cursaba un embarazo de seis meses. Para defenderse agarró lo primero que encontró a mano y le clavó un destornillador en el tórax a su pareja.
En noviembre de 2006, en el banquillo de los acusados, contó su verdad. Aseguró que actuó en defensa propia ante una violenta agresión de su pareja. Recordó que esa noche ella estaba durmiendo con su pequeño hijo de poco más de un año cuando llegó su pareja con aliento alcohólico y comenzó a insultarla a los gritos. Luego dijo que cuando se quiso retirar de la humilde vivienda que compartían, su pareja cerró la puerta con llave y allí comenzó una violenta golpiza. Detalló que la tomó de los cabellos y la arrastró hasta la cama, que le pegó trompadas en la boca y en el estómago –pese a transitar un embarazo-. Luego la golpeó con un palo de escoba. "Yo gritaba y le decía que 'basta' pero él no escuchaba. Agarró al bebé y también le quiso pegar pero yo se lo quité”, precisó entre lágrimas. "No sé qué agarré para defenderme. Después lo vi tirado en el suelo ensangrentado y pedí auxilio a los vecinos", recordó.
La Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación la condenó a 12 años de prisión, luego de haberla hallado culpable por el delito de “homicidio simple”. Su abogado defensor, Pedro Eugenio Despouy Santoro, presentó un recurso para casar la sentencia. En noviembre de 2011 –cinco años después de la condena-, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) revocó la sentencia por considerar que en el juicio no se analizaron los argumentos de la acusada.
La mujer había argumentado que mató a su pareja al intentar defenderse de una situación de violencia que le hizo temer por su vida, la de sus hijos, y por su embarazo de seis meses al momento del hecho. Por eso, la CSJN hizo lugar a este recurso y el caso volvió a la Justicia de Catamarca para dictar una nueva condena. La decisión de la Corte fue firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Enrique Petracchi, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco y Carmen Argibay, estas dos últimas con votos propios. Las juezas entendieron que es una contradicción la postura de la Cámara de tomar el hecho de que la acusada continuara conviviendo con su pareja como un sometimiento voluntario a la supuesta agresión. Además, adhirieron al planteo del procurador fiscal ante la CSJN Luis Santiago González Warcalde.
“Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”, sostuvo Highton de Nolasco. En tanto que la ministra Argibay señaló: “La palmaria contradicción de una afirmación referida al libre sometimiento de la imputada a la alegada agresión ilegítima de parte del occiso, con las disposiciones de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra La Mujer -Convención de Belem do Pará y de la Ley 26485 de Protección Integral de la Mujer-”.
Valoración de la prueba
En su dictamen, el procurador valoró las pruebas que daban cuenta de la paliza propinada por la pareja de Cecilia. “Se obvió, por consiguiente, una circunstancia clave para dilucidar el estado físico, en los momentos inmediatamente posteriores al homicidio, de una imputada que decía, palabras más, palabras menos, que había matado sin querer cuando se defendía de un golpiza, circunstancia que no fue analizada y valorada en su digna dimensión. No se consideraron, con la suficiente amplitud y en el debido contexto, otros aspectos importantes para determinar la conducta de la imputada. Apenas cometió el hecho, porque de su conducta surgen evidencias insoslayables: ella pidió ayuda, una ambulancia, un teléfono, para salvar a su pareja. Lloraba, daba gritos que oían todos sus vecinos; estaba desesperada, fuera de sí. Dijo que él le había pegado y ella, en su defensa y la de su hijo, se había defendido y le había clavado un destornillador, aunque no quiso matarlo”, detalló el procurador.
En mayo de 2012, la Corte de Justicia de Catamarca, finalmente, absolvió a Cecilia. De este modo, le concedió la libertad, a casi siete años del hecho de sangre que la llevó a tomar una medida extrema.