El Juzgado Federal de Río Gallegos sorprendió cuando revisó la decisión de inhabilitar a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner para ejercer el voto y avaló que la autoridades de la provincia de Santa Cruz la incorporen en el padrón electoral para que pueda participar de las elecciones del próximo 26 de octubre. El fallo judicial considera inconstitucionales dos artículos del Código Penal y, como tal, le permiten ejercer el voto pero no ser candidata. El fallo lleva la firma de la jueza Mariel Borruto afirma que los artículos 12 y 19 del Código Penal, que impide el voto de las personas con condenas de más de tres años, son inconstitucionales porque "violan derechos fundamentales, como el derecho al voto, la igualdad, la dignidad humana y el principio de resocialización".




