La justicia falló contra la desregulación de prepagas y dejó sin efecto los aumentos
Por primera vez, tras el DNU firmado por el Gobierno, se declaró inconstitucional un aumento
Se trata de un fallo de la Cámara Federal de Paraná, en el caso de un usuario de la empresa OSDE para que deje sin efecto los aumentos realizados tras la desregulación del sector. Los jueces declararon la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023, que firmó el presidente Milei y su gabinete apenas asumieron.
De esta manera devuelve a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) la obligación de observar los costos de las empresas del sector y fijar los aumentos autorizados para las compañías. Antes de conocerse este fallo, las empresas de medicina prepaga empezaron a comunicar los nuevos aumentos a sus afiliados en las cuotas de septiembre.
Las actualizaciones de los aranceles se ubican por encima de la inflación de julio, que fue del 4%.
Durante el noveno mes del 2024, los planes de salud tendrán un incremento entre el 4,5% y el 5,8%, justificando sus aumentos por la “elevada” inflación. Las empresas de medicina privada aplicarán de esta forma, el tercer aumento tras la disputa que impedía subas por encima del índice de precios.
Si bien los aranceles a partir de julio se ajustan de manera libre, las empresas coinciden que la modificación de precios es “necesaria para poder afrontar los costos de infraestructura de salud” afectados por “los aumentos en los precios de medicamentos, insumos y servicios públicos”.