La Cámara Nacional en lo Civil falló a favor de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y avaló el cambio de domicilio de la entidad a la provincia de Buenos Aires. En su resolución, los jueces Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset declararon nula la designación de veedores dispuesta por el Ministerio de Justicia tras un informe de la Inspección General de Justicia (IGJ).
La Justicia avaló el traslado de la AFA a Pilar y anuló la designación de veedores de la IGJ
La Cámara Nacional en lo Civil falló a favor de la entidad que preside Claudio “Chiqui” Tapia.
El tribunal consideró que, tras el traslado de la sede social a Pilar y su inscripción en la provincia de Buenos Aires, las facultades de fiscalización quedaron bajo la órbita de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense. “Quedó definitivamente consolidado bajo este organismo el control de legalidad y las facultades de fiscalización sobre esta entidad”, señalaron los magistrados.
La decisión implica la cancelación de la inscripción de la AFA en el Registro Público a cargo de la IGJ y ratifica que el organismo nacional ya no tiene competencia para ejercer controles sobre la asociación presidida por Claudio “Chiqui” Tapia.
El fallo también declaró la nulidad de la Resolución Particular 140/26 de la IGJ y dejó sin efecto la disposición del Ministerio de Justicia que había designado veedores por 180 días hábiles.
El origen de la disputa
La controversia se inició en octubre de 2024, cuando la Asamblea General de la AFA aprobó la modificación de su estatuto para trasladar su domicilio social desde la Ciudad de Buenos Aires hacia Pilar. Posteriormente, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas autorizó la inscripción del cambio de jurisdicción, consolidando la radicación de la entidad en territorio bonaerense.
Frente a esa situación, la Cámara entendió que la IGJ carecía de facultades para revisar decisiones adoptadas por el organismo provincial o cuestionar la validez del nuevo domicilio social. Los jueces remarcaron que los actos administrativos emitidos por organismos provinciales poseen plena validez mientras no sean impugnados y que la IGJ no puede ejercer funciones revisoras sobre decisiones adoptadas dentro de otra jurisdicción.
El fallo aclaró que el control sobre los estados contables de la AFA continuará bajo la autoridad competente en la provincia de Buenos Aires y que el cambio de jurisdicción no implica la desaparición de las obligaciones de fiscalización.
Causas judiciales abiertas
La resolución de la Cámara Civil no modifica el curso de las investigaciones penales que involucran a la AFA y a algunos de sus dirigentes. Entre ellas, una pesquisa por presunto lavado de dinero vinculado a propiedades en Pilar y otra en la que Tapia y el tesorero Pablo Toviggino se encuentran procesados por retención indebida de aportes.
De esta manera, la Justicia civil ratificó el traslado institucional de la AFA a la provincia de Buenos Aires y dejó sin efecto los intentos de control impulsados desde la IGJ, aunque las causas penales seguirán su trámite en los tribunales correspondientes.