viernes 5 de junio de 2026
Revés judicial

La Corte rechazó apartarse en la causa por financiamiento universitario

El máximo tribunal desestimó un planteo del Poder Ejecutivo que buscaba apartar a jueces y ministros de la Corte en el amparo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional.

La Corte Suprema de Justicia le propinó un nuevo revés al Gobierno de Javier Milei al rechazar una presentación del Estado nacional en la causa que impulsa el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) para exigir el cumplimiento de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y la recomposición salarial docente.

En un fallo firmado el 4 de junio, el máximo tribunal desestimó la queja del Poder Ejecutivo contra resoluciones previas que habían rechazado la recusación del juez de primera instancia Diego Martín Cormick y de un magistrado de la Cámara Contencioso Administrativa Federal.

La controversia se originó a partir del amparo colectivo promovido por el CIN y rectores de universidades nacionales contra el decreto 759/2025, que dispuso que la ley de financiamiento universitario solo podría ejecutarse una vez definida una fuente específica de recursos e incorporadas las partidas al presupuesto.

El Estado intentó apartar al juez Cormick argumentando que se desempeña como docente en universidades nacionales que forman parte del colectivo demandante. También cuestionó la intervención de otro camarista por razones similares y llegó a pedir que los propios ministros de la Corte se excusaran de intervenir por ejercer actividades académicas en universidades públicas.

Sin embargo, la Corte sostuvo que “no se ha acreditado elemento alguno que configure una causal de excusación” y remarcó que la actividad docente no implica necesariamente un interés personal en el resultado del litigio. Además, recordó que los mecanismos de recusación y excusación son excepcionales y deben interpretarse de manera restrictiva, ya que alterarían el principio constitucional del juez natural.

El tribunal también rechazó el pedido para que sus propios integrantes se apartaran de la causa, señalando que “la facultad de excusación es ajena a la actividad procesal de las partes”. Finalmente, concluyó que el recurso extraordinario del Gobierno no estaba dirigido contra una sentencia definitiva ni equiparable, por lo que resolvió desestimar la queja.

De esta manera, la causa por el financiamiento universitario continuará su trámite con los mismos magistrados cuestionados por el Poder Ejecutivo.

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