viernes 26 de junio de 2026
EL RESTO TENDRÁ HORARIO CORRIDO HASTA LAS 19

Sin gimnasios, construcción ni celebraciones religiosas

Por Redacción El Ancasti

Como medida para disminuir la circulación el COE decidió ayer prohibir la actividad de la obra pública y privada, de gimnasios, natatorios, escuelas de danzas y la asistencia a templos y celebraciones religiosas. Este último decreto, el n°911/21, rige desde anoche y hasta el domingo 16 de mayo inclusive. Además, fija la restricción para circular en todo el territorio de la provincia en el horario de 20 a 6.

Por otra parte, la actividad bancaria con atención al público podrá funcionar en el horario de 8 a 14, mientras que los servicios de cajeros automáticos y transporte de caudales no tendrán limitación horaria.

El resto de las actividades habilitadas incorporará desde hoy el horario corrido hasta las 19 y hasta el 26 de mayo inclusive. Estas actividades son la atención de profesionales de la salud con turno previo, los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imágenes, las profesiones liberales con turno previo, los establecimientos de cobro de servicios o impuestos, el comercio en general, los supermercados, los comercios de cercanía, los locales gastronómicos y afines, las quinielas, las peluquerías, las gomerías, los talleres mecánicos, lubricentros, ferreterías, casas de provisión de garrafas y leña, las playas de estacionamiento, las ferias al aire libre, los jardines maternales y toda actividad física recreativa o saludable individual o en grupos de hasta 3 personas al aire libre.

El COE reiteró que "todos los servicios y actividades autorizados deberán respetar estrictamente los protocolos y aforos dispuestos por las autoridades competentes".

Tal como se informó el martes, la actividad presencial en la Administración Pública continúa suspendida y solo debe asistir el personal esencial designado por cada ministerio.

También se reiteró que se encuentran prohibidas las reuniones sociales de cualquier índole y que los incumplimientos tienen sanciones legales y económicas previstas en el decreto 1578/20.n

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