El Banco Central anunció el mecanismo que deberán adoptar las entidades financieras para otorgar créditos a tasa cero a monotributistas y autónomos.
Reglamentan créditos a tasa cero
Los bancos deberán consultar el listado de la AFIP y tendrán dos días hábiles para acreditar los fondos a quien los solicite. "A los fines de verificar quiénes son elegibles, por hasta qué monto y en qué entidad, las entidades solo deberán consultar el listado de beneficiarios que dé a conocer la AFIP", explicó la autoridad monetaria.
Desde el momento en que la solicitud sea presentada, la entidad financiera contará con hasta dos días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación. Estas financiaciones deberán ser acreditadas en la tarjeta de créditodel solicitante.
Todas las entidades financieras deberán permitir que estos clientes puedan solicitar los "Créditos a Tasa Cero" a través de la banca por Internet o "homebanking".
Si el solicitante no contara con una tarjeta de crédito, la entidad financiera que figura en el listado de la AFIP deberá emitirla con un límite de compra al menos igual al monto del crédito.