jueves 6 de agosto de 2026
Ahora deberá resolver la jueza civil, marcela soria acuña

Pericia determinó que el cambio de traza en la línea del Portezuelo generó daños

Profesionales de la UNC concluyeron que hubo "un verdadero desprecio" a la protección del patrimonio natural, cultural y turístico. Opinó que no se respetó el concepto de desarrollo sustentable.

Por Redacción El Ancasti

En julio de 2013, José Eduardo Aroca presentó en la Corte de Justicia una acción de amparo ambiental contra el Estado provincial y contra Gabiola Empresa Constructora por el daño ocasionado en la Cuesta del Portezuelo  por la ejecución de la línea eléctrica de 33 kw Santa Cruz- Las Antenas (Cerro Ancasti), para el suministro de energía para el sistema de TV digital abierta. La causa está en manos de la jueza Marcela Soria Acuña, quien había solicitado la incorporación de una pericia que determine si hubo daño ambiental, ya que el Estado se opuso a las objeciones que se realizaron a la obra, que está paralizada. En ese marco se encargó este estudio a profesionales de distintas ramas de la Universidad Nacional de Córdoba para garantizar que el estudio no sea impugnado. El resultado fue lapidario con respecto a la falta de previsión del Estado en la conservación de un patrimonio de enorme valor natural, histórico, paisajístico, cultural y social al considerar que no se respetó el desarrollo sustentable.

Antes de entrar en el resultado del estudio, hay que recordar que proyecto original contemplaba una traza que no afectaba a la Cuesta del Portezuelo. Sin embargo, una vez rubricado el contrato, y antes de comenzar la ejecución, la contratista Gabiola solicitó la aprobación de un cambio de traza. Esta modificación implicaba en los hechos una obra distinta de la contratada, ya que se cambiaba por completo el recorrido de la línea, emplazando el tendido por la Cuesta del Portezuelo. 

"Se evidencia que se firmó un contrato (el Estado y la empresa Gabiola) sin considerar el objeto del mismo, para que luego de ello, sin circunstancias nuevas sobrevinientes, se alegue la “imposibilidad” de ejecución en la traza que especificaba el contrato y que llamativamente se refiere a un tendido ya existente en una servidumbre existente . Para el pedido anexan un informe geológico que apoya su solicitud de cambio de traza sin evaluar lo ambiental ni los impactos ambientales, ya que, por ejemplo, no se consideraron en el mismo los notorios impactos sobre el paisaje en lo referido a la Cuesta de El Portezuelo como objeto de tutela específica a nivel provincial", expresa el documento. 

Los profesionales- arquitectos, ingenieros, biólogos- señalaron que ese trazado que impulsó el Estado se "trata de una obra de interés público que se prevé en un trazado existente que luego, desde un interés privado, se modifica dicho trazado autorizado por el Estado, no surgiendo del análisis del expediente que éste evaluara el interés colectivo, el bien colectivo ni el patrimonio cultural, ni los impactos ambientales notorios como es, entre otros, la visual de la cuesta de El Portezuelo", afirma al señalar que se ignoró toda la normativa existente en materia ambiental a nivel nacional y provincial .

Más adelante agrega: "No se observaron las normas provinciales sobre patrimonio cultural de la provincia ni que se tratara de un área roja en la ley de bosques nativos, lo cual tampoco fue tenido en consideración en la evaluación del cambio de traza". Lo que se consideró más grave es que la Provincia admitió en un instrumento público que no existió un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). 

"Los presupuestos mínimos ambientales constitucionales establecen la obligatoriedad de realizar una EIA en territorio argentino en caso de actividades que sean susceptibles de degradar el ambiente (que incluye además patrimonio natural, patrimonio cultural/paisaje y turismo)".

Luego, destacan que el propio Estado en una resolución admitió que el cambio de traza generó la producción de daño ambiental con la ejecución de la nueva traza.

"Ha sido innecesario el costo al Patrimonio Natural, Cultural y Turístico de la Provincia de Catamarca. Se ha vulnerado con este accionar la manda constitucional de “desarrollo sustentable. La afirmación del valor cultural identitario del paisaje de la Cuesta está dada por le ley provincial 5281, dcto. 969 que declara patrimonio cultural y turístico a la Cuesta de El Portezuelo: ruta provincial 42 y su entorno natural de la ladera occidental de la sierra de Ancasti". En este punto la pericia se extiende en el daño que puede generar una línea de tendido eléctrico en los bosques por el riesgo de incendios y también en la fauna, ya que El tendido eléctrico se desarrolla muy cercano a las zonas de vuelo y anidamiento, en zona de ladera media y alta convirtiéndose en un factor de riesgo para esta especie (por el cóndor) y otras aves, si se pone en funcionamiento". 

Tras identificar los valores del paisaje que surgen de la valoración realizada en terreno por los peritos, del análisis del expediente y del estudio de impacto visual que se presenta la pericia sostiene que, "no caben dudas que el paisaje ha sido afectado negativamente por la obra, que dicha afectación es de carácter permanente y que deriva principalmente de su localización aledaña a la ruta de la denominada Cuesta de El Portezuelo. Tratándose de un paisaje patrimonial la decisión de cambio de trazado del tendido debió haber contemplado la evaluación del impacto visual". 

"El impacto repercute negativamente para el turismo en tanto que los principales valores del paisaje que conforman el atractivo escénico se ven alterados de forma relevante.

Actualmente el tendido no está en funcionamiento. Si se activa, las fajas de servidumbre deberán ser mantenidas con acciones frecuentes de desmonte para mantenerlas despejadas. Con ello aumentará el impacto sobre la vegetación, sobre el suelo y el impacto visual", añade.

Más adelante se refiere a uno de los argumentos del Estado para seguir con la obra que indica que se realizó con el objeto de garantizar un tendido eléctrico para emprendimientos turísticos de la zona y para las antenas de determinados medios de comunicación. 

"El desarrollo no ha cumplido con las consignas de ser “sustentable” si debe asentarse en el impacto innecesario de su patrimonio natural y cultural y en este caso impactar notoriamente en las vistas en las que se asienta una parte importante de ese destino turístico. La obligación constitucional del Estado es asegurar actividades como la turística (sin vaciar de contenido unas para irracionalmente instalar otras) y el deber de asegurar la conservación del patrimonio cultural, no se han observado".
"Hoy se ve –irracionalmente- impactado por un tendido eléctrico que pudo ir por su traza original".n

Antecedentes del caso

 Julio de 2012. El exministro de Servicios Públicos, Julio César Molina, adjudica la obra de la línea eléctrica de 33 Kv Santa Cruz- Las Antenas (Cerro Ancasti) para el sistema de televisión digital abierta a la empresa Gabiola, que dos meses después solicita un cambio en el trazado.

 Octubre. El director de Estudios de Proyectos y Obras del Ministerio, Oscar Alfredo Pastorelli, aprobó la modificación de la traza.

Junio de 2013. Eduardo Aroca advierte sobre la contaminación ambiental provocada por el nuevo tendido eléctrico sobre la Cuesta. Se inicia una investigación de El Ancasti y se comprueba que el nuevo trazado no tenía el informe de impacto ambiental aprobado ni tampoco autorización ministerial. 

 Julio. Aroca presenta un amparo ambiental en la Justicia, que ordena al Estado paralizar la obra hasta que se resuelva el conflicto.

 Mayo 2014. El exdiputado Juan Pablo Millán denunció a la empresa y a los exfuncionarios del Ministerio.

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