La Cámara de Diputados celebrará hoy una sesión maratónica, que promete muchas horas de debate en torno al proyecto de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), que se votará recién en la madrugada del viernes.
Acto seguido, y ya con el nivel de tensión más atenuado, comenzará el debate sobre el proyecto de los "1.000 días", que tendrá un trámite más abreviado.
A fin de acortar la extensión de la sesión, primero expondrán los miembros informantes, Cecilia Moreau por el oficialismo y Carmen Polledo por Juntos por el Cambio, y luego se procederá a los discursos individuales, sin tiempos por bloque como sucede habitualmente.
En el mismo sentido, se dispuso que no se formulen cuestiones de privilegio ni homenajes, ni pedidos de apartamiento de reglamento al comienzo de la sesión que dilaten el arranque del debate concreto del temario.
Se espera un total de 170 oradores para el debate sobre la legalización del aborto, y sacando los miembros informantes, el resto tendrá apenas cinco minutos de exposición.
Pese a tomar esas medidas, se espera que recién se pueda votar el proyecto IVE después de las 4 del viernes.
El proyecto de los Mil Días tendrá un estimado de 50 oradores. Esta organización de la sesión quedó definida en la reunión de Labor Parlamentaria que encabezó el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.
Modificaciones
El dictamen de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) recibió ayer algunos cambios durante la última jornada de tratamiento en la Cámara de Diputados, pensando especialmente en el trámite que tendrá en el Senado si, como se espera, la iniciativa llega allí con media sanción.
Las modificaciones se produjeron en el artículo 8 sobre personas menores de edad, en el artículo 10 sobre objeción de conciencia y se agregó el artículo 11 sobre esta misma temática y las obligaciones que deben cumplir los efectores de salud en relación a las prácticas de abortos. Sobre la objeción de conciencia, en el texto original se obligada a los efectores de salud a garantizar el aborto en el caso de que una persona gestante así lo requiriese.
El artículo 11, deja sin efecto esa cuestión aunque obliga a aquellos efectores "que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia" a "disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó".
"En todos los casos se debe garantizar la realización de la práctica conforme a las previsiones de la presente ley. Las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado de la paciente quedarán a cargo del efector que realice la derivación".
A propósito de las personas gestantes menores de 16 años con embarazos no deseados que decidan abortar, se requerirá su consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus padres, conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, que indica que "la persona menor de edad ejerce sus derechos a través de sus representantes legales".
El proyecto original preveía que adolescentes de entre 13 y 16 años contaban con capacidad suficiente para prestar el debido consentimiento sin el aval de los padres, y solamente exigía el consentimiento y asistencia de los padres para las menores de 13 años.