Distintos proyectos para establecer el debate entre los candidatos a gobernador de la provincia esperan ser tratados en la Legislatura. Ahora, el diputado Hugo Ávila, candidato a gobernador por Consenso Federal, presentó un proyecto en el mismo sentido. Antes se presentaron otras tres iniciativas que perdieron estado parlamentario o que no fueron tratadas. En tanto que en la Municipalidad de la Capital existe una ordenanza que regula el debate entre los candidatos a intendentes y concejales de la Capital, pero todavía no tiene fecha.
El debate entre candidatos está paralizado en la Legislatura
El 15 de agosto de 2015, la Cámara de Senadores le dio media sanción a un proyecto que había sido iniciado por el ex senador Luis Figueroa, pero luego no se trató en la Cámara de Diputados. La iniciativa proponía que el debate entre los candidatos/as a gobernador/a se realizara siete días antes del inicio de la veda electoral y estaba contemplado para aquellos que habían obtenido el piso electoral exigido por la ley PASO. El Tribunal Electoral sería el órgano de aplicación de la ley.
El diputado Luis Lobo Vergara (Juntos por el Cambio) presentó dos iniciativas en el mismo sentido. Una ingresó en noviembre de 2017, pero no tuvo ningún tratamiento en la Cámara baja. En junio de este año volvió a insistir con un proyecto similar. En este caso planteaba que el debate entre los/as candidatos/as se realizara dentro de los 15 días anteriores a la veda electoral. Y el órgano de aplicación sería también el Tribunal Electoral. Ninguno de los dos proyectos fue tratado porque no se fijó como prioridad en la agenda legislativa.
En su proyecto, que ingresó la semana pasada, el diputado Hugo Ávila (Consenso Federal) formula que el debate entre los candidatos se realizará dentro del plazo que se extiende desde los diez días posteriores a la proclamación de los candidatos hasta los siete anteriores a la fecha de la elección y en el que cada candidato expondrá su plataforma electoral y su plan de gobierno.
Manifiesta que si uno de los candidatos obligados a participar del debate se negase a hacerlo y/o no justificase su inasistencia se sancionará a la agrupación política que representa con la quita de todos los beneficios previstos en la ley electoral provincial. Sostiene que la Corte de Justicia de Catamarca será el órgano de contralor del debate y la autoridad de aplicación de la ley para lo que deberá convocar a los apoderados de cada agrupación política a los fines de determinar la fecha, la hora, el lugar y el mecanismo de debate. El gasto que demande el cumplimiento de la ley será imputado a las partidas del Ministerio de Gobierno.
En 2015, la Iglesia Católica organizó el debate entre los candidatos a gobernador e intendente por iniciativa propia.
En la Capital
La Municipalidad de la Capital tiene vigente una ordenanza que fija el debate entre los candidatos a ocupar los cargos municipales de concejal e intendente de la Capital. Fija que se realizará con una antelación de siete días antes de la elección, garantizando la transmisión de la televisión pública local y de la radio municipal.
La Junta Electoral Municipal -que está constituida por el Fiscal Municipal y dos jueces de Faltas designados por el Concejo Deliberante- tendrá a su cargo la organización del debate público.
Hasta ahora, la Municipalidad de la Capital no convocó al debate para este año. La primera vez que se realizó fue en 2017 con quienes aspiraban a llegar al Concejo Deliberante.