jueves 28 de marzo de 2024
El gasto no podrá superar los 500kwh por mes

El salario mínimo vital y móvil es el límite para acceder a la tarifa social

Se mantiene el parámetro de los $ 12.500 para acceder a la tarifa social. Se agrega a personal de trabajo doméstico, beneficiarios de asignaciones, pensiones, etc siempre que no superen esos ingresos.

Por Redacción El Ancasti

El ministro de Servicios Públicos, Guillermo Dalla Lasta, emitió la resolución Nº189 por la que se vuelve a reglamentar el beneficio de la Tarifa de Interés Social (TIS) que otorga el Gobierno provincial. Tras el anuncio de la Gobernadora, el titular de la cartera había anunciado una mayor flexibilización para acceder al beneficio, pero la letra chica del instrumento relativiza ese alcance y solo será para los grupos de mayor vulnerabilidad social.

Según el instrumento, se subsidiará a los beneficiarios de la tarifa de interés social el 100% de los primeros 200kwh mensuales consumidos y el 50% de la totalidad del cargo fijo. Se mantiene al mismo tiempo en 500 kwh por mes el consumo límite para mantener el beneficio. Es decir que aquel usuario que supera este límite (1000 kwh por bimestre) pierde la tarifa social y paga a valor del precio normal de la energía. En este punto existe una ampliación del beneficio si se considera que por la resolución Nº 083 del 26 de febrero de este año se subsididaba un 80% de los primeros 200 kwh mensuales consumidos, y un 50% de la totalidad del cargo fijo.

El artículo quinto hace referencia a complementar el decreto del año 2013 por el que se creó el beneficio. En aquel instrumento se establecía que las condiciones para acceder son:

- a) Pertenecer al padrón de beneficiarios de un Plan Social de la Nación, Provincia o del Municipio.

- b) Jubilados Nacionales o Provinciales que perciban el haber mínimo de Jubilación y que no perciban algún otro ingreso. El haber mínimo jubilatorio está en $ 10.400.

- c) Grupo familiares cuyos ingresos sean igual o menor al salario mínimo vital y móvil o cuya conformación, se encuentre integrada con menores de 14 años o mayores de 70 años, discapacitados o integrantes con patologías que impongan un tratamiento oneroso y crónico, madres solteras o monoparentales. El salario mínimo vital y móvil es de $ 12.500, es decir que ese es el límite para acceder.
Ese decreto se complementa ahora con:

d) Personal de Trabajo Doméstico.

e) Beneficiarios de Asignación Universal por Hijo, Asignación por Embarazo, Becas Progresar, Monotributo social, Pensiones no contributivas y cualquier otro beneficio social o existente que se cree en el futuro.

Agrega que “en ninguno de los casos enumerados la totalidad de los ingresos del usuario y/o grupo familiar podrá exceder al equivalente de un salario mínimo, vital y móvil. Además, solo podrán acceder al beneficio los titulares de suministros destinados a uso residencial. Quedan excluidos de la TIS quienes sean propietarios de un inmueble y/o posean un vehículo de hasta diez años de antigüedad.

Lo que sí se flexibiliza es que se mantendrá abierto durante lo que resta del año 2019 el empadronamiento para aquellos usuarios que no pudieron realizarlo hasta la fecha.

Además, se aprueba el listado de los nuevos beneficiarios de la tarifa social que alcanza a 2.637. Este listado se suma al que ya estaba vigente y que contemplaba 8. 120 inscriptos. Es decir que hasta ahora son 10.757 los titulares del servicio que cumplieron con el trámite del empadronamiento.

El anuncio que no fue

De esta forma la nueva resolución del Ministerio de Servicios Públicos amplía algunas condiciones pero no al límite que había considerado el ministro Dalla Lasta. En este sentido había anunciado que los usuarios que en su grupo familiar cuenten con un ingreso superior al mínimo vital y móvil también podrían acceder al beneficio.

“Si tiene como ingreso más de un sueldo mínimo, vital y móvil, se le va a recibir lo mismo. Se hará más masiva”, había puntualizado Dalla Lasta sobre la convocatoria. “La intención es darle posibilidades a más personas de que puedan acceder al beneficio”, había señalado, pero no es lo que establece la resolución.

Es decir que para la franja de usuarios que superan los $ 12.500 de ingresos tendrán pocos beneficios, ya que son los que quedan contemplados en el decreto de la gobernadora Lucía Corpacci que estable el subsidio para el 35% del VAD, la eliminación de la tasa de fiscalización del ENRE . Esas medidas implican un 10% menos en las facturas.

Así, por ejemplo, en una factura mensual de usuario residencial de $ 2.000, el VAD representa $ 405 y la tasa del ENRE $ 22.

El descuento para los usuarios en una boleta como esa es de $ 163 (35% del VAD y 1,5% de la tasa de fiscalización).

El impacto en la boleta es del 8,1% en el caso analizado. Se estima que para los pequeños comerciantes el beneficio es de un 11%.
Por otra parte, las tarifas se congelarán hasta fin de año si se contemplan los anuncios del Gobierno nacional. La medida solo implica que no se aplicará el aumento del 8% que faltaba.

Seguí leyendo
LO QUE SE LEE AHORA
el gobierno de china expuso a luis petri por perseguir un barco ilegal

Te Puede Interesar