El presidente de la Asociación de Magistrados de Catamarca, José Antonio Carma, destacó la presentación del proyecto de ley que busca incluir la figura del "arrepentido" en el Código Procesal Penal de la Provincia. Sin embargo aseguró que antes de presentar la iniciativa, los diputados que propician la inclusión de esta figura deberían haberle consultado a la institución.
La inclusión de la figura del imputado colaborador en el código de forma penal fue presentada por los diputados Francisco Monti y Rubén Manzi (FCS-Cambiemos). El "arrepentido", fue incluido en el Código Penal de la Nación a través de la ley 27.304 sancionada por el Congreso nacional. Esta figura tomó relevancia en la mediática causa en la que se investiga las coimas en la obra pública durante la gestión del kirchnerismo a nivel nacional. "Bienvenido sea", dijo Carma en diálogo con Radio Ancasti.
"Yo me enteré por los medios y hubiera sido interesante que nosotros tuviéramos conocimiento de este proyecto, porque se puede sugerir algo ya que somos los que estamos en esto. Es más, yo como juez de Control de Garantías soy el que va a dictar por el si o por el no, la homologación a la que arriben el imputado con el fiscal", agregó. Más adelante, el magistrado reiteró que "la ley del arrepentido es una ley de fondo que rige en todo el país y que invita a las provincias a adherirse". En el caso de Catamarca, el juez destacó que el proyecto que se presenta debe adecuar la inclusión de esta figura en el Código Procesal penal de la provincia.
Posteriormente, indicó que esta figura podría ser aplicada en forma retroactiva a causas provinciales ya iniciadas desde hace años. "En principio rige la irretroactividad de las leyes, pero en el fuero penal las normas pueden ser retroactivas cuando morigeran la situación de una persona que haya incurrido en algún delito. Habría que ver en estos casos como se da, pero creo que la ley si podría ser retroactiva, porque morigera la situación del imputado porque reduce la condena a las del grado de tentativa", dijo.
"Habrá que ver el criterio que tomará cada uno de los tribunales", añadió. Finalmente, aclaró que esta ley solo sería para ciertos delitos vinculados a la corrupción, lavado de activos, secuestros extorsivos, fraude contra la administración, trata de blancas, entre otros. El proyecto propuesto por Monti y Manzi, establece la incorporación de un artículo 79 bis a la ley 5097, que establece una serie de reglas bajo las que se implementaría la figura del arrepentido en Catamarca.
Así, se detalla que aquella persona que esté imputada podrá ofrecer colaboración a través de su representante legal al fiscal que lleva a cabo la investigación previa a la instancia de elevación a juicio del expediente. Esta colaboración será a través de “cualquier instrumento documental que acuerde verosimilitud a la veracidad de los hechos en cuestión, lo que será oportunamente evaluado judicialmente acerca de la viabilidad para acreditar válidamente las circunstancias fácticas insertas, por si mismos, o sumándose a otras pruebas”.
Ese acuerdo deberá ser homologado por el Juez de Garantías que por turno corresponda e incorporado al expediente para la obtención de beneficios al momento del dictado de la sentencia tras un juicio oral y público. Los legisladores destacaron que “en la lucha contra el crimen organizado, una de las herramientas más efectivas con las que cuenta, o puede contar, nuestra Provincia, es la información".n