La Justicia Federal decidió rechazar la medida cautelar presentada por un diputado provincial del Frente para la Victoria para frenar el tarifazo eléctrico impulsado por el Ministerio de Energía de la Nación. Sin embargo, la cuestión de fondo (el amparo para eliminar el tarifazo) sigue en estudio.
Luego que todas las partes se expresaran, la jueza que entiende en la causa, María Alejandra Biotti, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 5, determinó rechazar la medida cautelar por considerar que a prima facie "el actor carecería de legitimación para accionar en su condición de diputado provincial".
Por otra parte, la jueza considera que "no corresponde hacer lugar a una medida precautoria coincidente con el objeto del juicio, en tanto se desvirtuaría el instituto al convertirse en un anticipo de jurisdicción sobre la cuestión de fondo". También, considera que el denunciante "únicamente aportó hasta el momento a esta causa las facturas del servicio eléctrico con vencimientos anteriores a la entrada en vigencia de la norma atacada y no así las facturas actuales, de donde pueda observarse el perjuicio irreparable que invoca, como tampoco acredita sus ingresos económicos y la incidencia que tales aumentos ocasionan en sus ingresos". En ese sentido, señala que "no se haya acreditada la verosimilitud del derecho necesario" para la precedencia de la cautelar. Como tampoco "se encuentra acreditado el peligro en la demora, el cual se relaciona con un perjuicio irreparable".
En diálogo con El Ancasti, el abogado que llevó la causa, Leonardo Berber, cuestionó la decisión de la jueza. En ese sentido y con relación a que el denunciante no presentó facturas actuales, Berber recordó que "no se puede presentar pruebas después de la presentación del amparo. Desde la puesta en marcha del tarifazo solo hay 15 días para presentar el amparo, por lo que no se pueden presentar boletas con los valores actuales".
Igualmente consideró que existe "una mora judicial" al señalar que la magistrada se demoró cuatro meses en tomar la decisión, cuando la medida del tarifazo tuvo tres meses de vigencia.
A partir de ahora, la magistrada debe declarar la apertura de presentación de pruebas y se produzcan todos los informes que pidieron las partes. Una vez que se produzcan esos pasos, deberá fallar a favor o en contra de la resolución nacional.