viernes 11 de septiembre de 2026

Comenzó la veda electoral

A partir de las 8 entró en vigencia la veda electoral por las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), que tendrán lugar este domingo.

De los resultados saldrán los candidatos a ocupar una banca en el Senado y en Diputados, que serán elegidos en los comicios generales del 27 de octubre.

En el marco de la veda, de acuerdo a lo dispuesto por la Cámara Nacional Electoral, quedan prohibidos los actos proselitistas, publicar y difundir sondeos pre electorales, propagandas y spots de candidatos en medios de comunicación, entre otras acciones.

Las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del próximo domingo servirán para seleccionar los candidatos que van a competir en los comicios del 27 de octubre, en los que se elegirán diputados nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y senadores nacionales en ocho distritos.

Según la ley de Democratización de la Representación Política, sancionada en 2009, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí en las primarias para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en los comicios de octubre, siempre que supere el 1,5 por ciento de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir.

En las PASO, tienen el deber cívico de votar todos los ciudadanos argentinos nativos, por opción o naturalizados, que tengan 18 años o más al momento de la elección, estén o no afiliados a un partido político, y también lo podrán hacer de forma optativa los jóvenes de 16 o 17 años que estén empadronados y tengan el nuevo DNI, y los mayores de 70.



Qué se puede hacer y qué no durante la veda






Hasta el cierre del acto electoral se prohíbe: realizar actos públicos de proselitismo; la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector (no están incluidas las redes sociales ya que no existe organismo que las regule); y la publicación en medios de comunicación (sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros) de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Además, doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe: la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos; y tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, incluyendo bares, pubs, boliches.

En tanto, durante las elecciones del domingo y hasta tres horas después del cierre de los comicios están prohibidos los espectáculos populares al aire libre; los espectáculos populares en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas; toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral; y publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

Asimismo, a ochenta metros de la mesa receptora de votos está inhabilitado: la realización de reuniones de electores en los domicilios; la utilización de las viviendas como depósito de armas; la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.















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