2 de julio de 2013 - 00:00
Piden el cese del tendido eléctrico en El Portezuelo
Advierte que por las ilegalidades detectadas en la obra se podría estar ante el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Medidas
En el recurso Aroca solicita la reparación del daño ocasionado al bien colectivo identificado como Cuesta del Portezuelo y su entorno natural protegido por la legislación vigente, disponiendo la recomposición de dicho bien al estado en que se encontraba con anterioridad a la ejecución de la obra cuestionada, mediante el retiro completo del tendido eléctrico (bases, postes, columnas, cables, transformadores y/o cualquier otro elemento que forme parte del mismo).
También se realiza la reserva del caso federal para el hipotético caso de rechazo de la acción de amparo ambiental, lo que permitiría presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por último, piden que oportunamente se remitan las actuaciones a la Justicia penal ante la posible comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Sorteo
Tras la presentación en la Corte de Justicia se procedió a sortear el juzgado que atendería la causa. El expediente cayó en el Juzgado Civil de 4ta nominación, a cargo de Silvina Millán.
Ilegalidad manifiesta
? Otro tópico del recurso presentado en la Justicia desarrolla las irregularidades en la ejecución de la obra.
? Los datos que surgen del expediente administrativo son lapidarios y demuestran la ilegalidad en el actuar de las partes contratantes que derivó en la ejecución de una obra distinta de la ejecutada, señala.
? También se refiere a la resolución del director de Estudios, Proyectos y Obras del Ministerio de Servicios Públicos por la que se autorizó el cambio de traza sin el aval ministerial. Mediante una nota suscripta por el mencionado funcionario quedó patentizada la ilegalidad del procedimiento.
? Puntualiza también en la violación de disposiciones legales que declaran patrimonio cultural y turístico a la Cuesta del Portezuelo. Y desarrolla la falta de un estudio de impacto ambiental que la norma exige como requisito previo al desarrollo de cualquier actividad.
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