13 de agosto de 2012 - 00:00
Ley de glaciares: explican que no es necesario prohibir la minería
Acerca de la investigación, explicó que tienen un plazo de cinco meses para realizar la primera etapa, que se centrará en una evaluación expeditiva, y una cartografía general de cuales son las áreas periglaciares de la provincia. El sector con glaciares es muy puntual, aclaró.
Nosotros tenemos el área de Aconquija, donde hay manifestaciones periglaciares. Un área periglaciar no es solo la que rodea a un glaciar, sino que dentro de esa área hay otras manifestaciones concretas que se deben mapear y preservar, por ejemplo, los glaciares de escombro, roca, o suelos congelados. A su vez agregó que Nosotros no tenemos potentes áreas de glaciares propiamente dichas, pero sí tenemos lagos congelados y otras manifestaciones similares, concluyó.
La ley 26.639 prevé la realización del inventario
El artículo quinto de la ley nacional 26.639 de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglaciar establece la realización de un inventario y monitoreo del estado de los glaciares y zonas periglaciares.
El estudio será realizado por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), en coordinación con gobiernos provinciales y la colaboración de universidades nacionales.
Según la normativa, las actividades que quedan prohibidas son aquellas que puedan afectar la condición natural de los glaciares. Entre ellas la liberación de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen, se incluyen aquellas que se desarrollen en el ambiente periglaciar; la construcción de obras de arquitectura o infraestructura ; la exploración o explotación minera; la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales.
El Gobierno nacional será la autoridad de aplicación en forma coordinada con las autoridades provinciales, en el ámbito de Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).
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