Senado: presentación en la Corte contra el Fiscal de Estado
Los nueve senadores que posee el Frente Cívico y Social en la Cámara alta firmaron la presentación legal que ingresó ayer por la mañana en la Corte de Justicia, a través de un planteo de acción de conflicto de poderes ante el dictado del Decreto Acuerdo N° 847/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Se trata de una presentación judicial contra el nombramiento de Marcos Denett como fiscal de Estado.
Para el caso particular sostenemos, los representantes de cada jurisdicción en ejercicio legal de nuestra función, produjimos un acto legislativo que el Poder Ejecutivo provincial no reconoce, pero que en nada eso le autoriza por encima de nuestras normas constitucionales a, en una clara usurpación de funciones, decida simplemente reemplazarnos (como órgano en función) designando a un funcionario sin el debido acuerdo del Senado, cuya norma constitucional no solo obliga, sino que es la condición sine qua non. Que así también no podemos dejar de hacer mención de que nuestro bloque representa a la mayoría legislativa en la Cámara alta y que, como tal, también ejercemos la representación popular de nuestras respectivas jurisdicciones. Con y por lo expuesto, afirmamos nuestra legitimación activa o como sujeto pretensor de la relación procesal y, por tal motivo, resulta acreditada nuestra personería para estar en la calidad invocada, señala uno de los párrafos de acción legal que cuenta con el patrocinio del abogado Carlos Rosales Vera.
Los senadores denuncian la existencia de un conflicto de poderes en el marco de lo establecido por el artículo 204 inciso 1 de la Constitución de la Provincia, debiendo en consecuencia ser resuelto por la Corte de Justicia por ser materia de su competencia originaria y exclusiva.
El Poder Ejecutivo dicta el Decreto Acuerdo N° 847/12 mediante el cual designa nuevamente al profesional citado para el desempeño de Fiscal de Estado de la Provincia interfiriendo de este modo en la zona de reserva de las atribuciones propias del Senado, conferidas por la Constitución de la Provincia. En tal sentido debemos agregar que la Administración también vulnera el procedimiento reglado por la propia Constitución, lo que pone en evidencia la ilegitimidad de la medida adoptada en perjuicio del interés público comprometido. El decreto que cuestionamos es un acto institucional; es un acto complejo de derecho público que contradice las disposiciones de la Constitución Provincial (art. 149 inc. 19). Decimos que es complejo porque el acuerdo del Senado no es un simple recaudo formal, como erróneamente lo entiende el Poder Ejecutivo, sino por el contrario, es un requisito sine qua non, sostienen los legisladores.