19 de junio de 2012 - 00:00
En tres días entra en vigencia el decreto contra la usura
La Dirección de Comercio está facultada a clausurar las casas de préstamos que no cumplan con los requisitos establecidos.
Estamos facultados a realizar a la clausura de aquellos locales que no se ajusten a la normativa establecida por el Gobierno, advirtió.
Actividades superpuestas
También se sancionará a los comercios que superpongan funciones. En este sentido, recordó que los comercios que venden electrodomésticos no pueden ofrecer créditos de dinero.
Quienes además de vender electrodomésticos ofrecen préstamos de dinero deberán optar por alguna de las dos actividades. En el decreto firmado por la Gobernadora (Lucía Corpacci) se establece claramente que no se podrá ejercer en un mismo lugar las dos actividades comerciales, aseguró el funcionario.
Por otra parte, confirmó que se va a solicitar a todas las casas de crédito registradas en la Dirección de Comercio que envíen un informe periódico a fin de verificar si cumplen que las tasas correspondientes.
Queremos terminar con el aprovechamiento del usuario y por eso vamos a intensificar un control que comenzará en la Capital para luego extenderse a Valle Viejo y otras localidades del interior provincial, expresó.
Ajuste
Por su parte, las empresas crediticias tendrán que ajustar sus tasas de interés con relación a las que cobra el Banco de la Nación. Para que la tasa de interés no sea considerada usuraria, no deberá exceder el 7% que informa mensualmente la entidad bancaria para operaciones de préstamos personales.
Ese 7% extra es considerado como CFT (Costo Financiero Total) o tasa efectiva anual, e incluye el interés (compensatorios, resarcitorios o punitorios), los gastos administrativos, cargos impuestos y otras erogaciones por cualquier otro concepto.
El decreto de Corpacci contempla también la creación de un comité ejecutivo para la erradicación de la usura y establece límites a los descuentos que pueden hacerse sobre los salarios de los empleados públicos, que en ningún caso podrán exceder el 30%.
Requisitos para funcionar
? Las casas de crédito deberán estar inscriptas como comercios.
?Deberán registrar inscripción como contribuyentes de tasas municipales e impuestos provinciales y nacionales.
?No deberán registrar deudas.
?La tasa de interés no podrá exceder el 7%, que es el establecido por el Banco de la Nación, como Costo Financiero Total.
?Sus propietarios deben ser titulares de bienes inmuebles de libre disponibilidad, sin registros de embargo.
? Deberán dar a publicidad sus operatorias y tener registros contables actualizados.
?Se prohíbe la actividad financiera en locales de venta de electrodomésticos.
? En caso de no cumplir con los requisitos podrán ser clausurados o inhabilitados.
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