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Condena judicial a la CGT por tener una empleada en negro

La entidad se negó a reconocer la prestación de servicios de una mujer que dictaba capacitaciones. La Justicia consideró que era una empleada.
20 de febrero de 2012 - 00:00
La Confederación General del Trabajo filial Catamarca, que conduce Pedro Armando Carrizo, fue condenada a pagar $ 52 mil por una demanda laboral de una ex empleada que estuvo en negro en el tiempo en que prestó servicios al organismo que nuclea a los trabajadores. La sentencia ya quedó firme y corren los plazos para que la entidad deposite la suma adeudada. En caso de incumplimiento de la sentencia se procederá al embargo de los bienes para cumplir con la ejecución.



La causa se inició en el 2005. Pero la historia se remonta a abril de 2003 cuando Marta Rebeca Leguizamón ingresó a la CGT para cumplir tareas como directora de Cultura, Educación y Capacitación. Por esa tarea brindaba clases de apoyo a estudiantes del nivel EGB, Polimodal y Universitarios. Entre sus actividades también cumplía tareas en representación de la delegación regional de la CGT en reuniones y eventos educativos, talleres de capacitación, confección de proyectos educativos, entre otras.



Durante el tiempo que trabajó en la CGT no fue registrada como empleada y no se le abonó remuneración mensual durante toda la relación laboral con el compromiso de que se le pagaría más adelante.



En diciembre de 2004, la mujer recibió una carta por la que la intimaban a desocupar el local en el que daba clases de apoyo. Con la asistencia legal del abogado Carlos Scaltritti, Marta Leguizamón intimó a la CGT a pagar la remuneración adeudada, aguinaldos y otros beneficios de ley. En respuesta, el organismo que defiende a los trabajadores desconoció algún vínculo laboral y argumentó que ocupaba un local de la CGT en calidad de préstamo. En ese marco negó que hubiera prestado servicios a las órdenes de la CGT.



Leguizamón se dio por despedida sin motivos e inició una causa en la que reclamó los haberes adeudados y el daño moral. En representación de la CGT actuaron los abogados Eduardo Fitipaldi, Carlos Uslengui y Pablo Vega, quienes rechazaron la existencia de un vínculo laboral.



A fines de 2009, en primera instancia, el juez laboral Miguel Ángel Fabrizzio consideró que la mujer no desempeñó un trabajo como autónoma sino que había pruebas suficientes que acreditaban la relación de dependencia. El juez hizo lugar en forma parcial a la demanda ya que negó la existencia de daño moral.



La CGT apeló la sentencia del juez Fabrizzio y en diciembre de 2009 presentó un recurso de apelación ante la Cámara de Apelaciones. En segunda instancia, la Cámara ratificó el fallo del juez Fabrizio. El abogado Scaltritti explicó que luego se vencieron los plazos para recurrir la sentencia y por eso ya está firme y en condiciones de ejecutarla.



En diciembre, el abogado presentó la planilla con la liquidación final que le correspondería a Leguizamón y que quedó en $ 52 mil. Tras la notificación a los abogados de la CGT comenzará a correr un plazo de 10 días para depositar el dinero. El letrado desconocía si la parte demandada ya recibió la cédula de notificación.



Scaltritti, en declaraciones a El Ancasti, comentó que abogados de la CGT Buenos Aires se comunicaron con él con la intención de pagar en cuotas el monto de la sentencia. Sin embargo, su clienta no aceptó la propuesta al considerar todos los años que transcurrieron desde el inicio del reclamo por vía judicial.



Realmente es una paradoja que la Central Obrera más importante del país desconozca una situación laboral y haya mantenido un trabajador en negro. Sino se efectiviza el pago de la sentencia el paso que sigue es la ejecución por la que se traba embargo sobre los bienes de la CGT Filial Catamarca que conduce Pedro Armando Carrizo, indicó Scaltritti.

Argumentos de la sentencia

? En la sentencia contra la CGT, el juez Fabrizzio considera que de las pruebas que se aportaron, no existe ninguna que pueda delinear la labor que desempeñó Leguizamón como trabajo autónomo.

? Agrega que era la CGT, como organización, la que promovía un proyecto tendiente a la continuidad del bachillerato para adultos que había sido presentado ante autoridades del Ministerio de Educación. La iniciativa fue firmada por la demandante Marta Leguizamón y por Pedro Carrizo y Hugo Melo.

? En la investigación se aportó el testimonio de hijos de afiliados que recibieron la capacitación. Y fueron desacreditadas varias pruebas presentadas por la CGT.

? Una de las testigos clave en la causa fue la ex ministra de Educación, Isabel Acuña, quien acreditó que la había recibido en su despacho en representación de la entidad que nuclea a los trabajadores.
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