19 de febrero de 2012 - 00:00
Por infracciones, SOMICA recibió multas por $11 millones
La mayor proporción de la sanción es porque la empresa no pagó a la Secretaría de Minería por el transporte del mineral.
Por otra parte, un 10% del monto total de la multa de 11 millones corresponde al incumplimiento del decreto 615/88. En él se establece que las personas o entidades que exploten sustancias minerales están obligadas a expedir con cada partida de minerales transportados la hoja de Ruta de Minerales. Los formularios son confeccionados y autorizados por la Dirección de Minería.
En ese documento se hace constar: los datos del yacimientos, mina o cantera; ubicación, concesionario o productor, mineral, cantidad, destino, destinatario, medio de transporte, visados policiales, fecha de emisión.
Se deben confeccionar por cuadruplicado, el original debe ser remitido a la Dirección de Minería dentro de los 10 días de emitida la Hoja de Ruta de Minerales; el duplicado acompaña a la carga; el triplicado quedará como constancia al productor minero, y el cuadruplicado acompañará a la carga cuando la misma salga del territorio de la Provincia. El transportista está obligado a visar la Hoja de Ruta de Minerales en la Policía más cercana y transitar con ella todo el trayecto. El decreto también establece multas si se detectan irregularidades con respecto a la utilización de hojas de ruta que serán penadas por el pago de una equivalente al 5% del valor de la sustancia mineral transportada, la que será elevada al 25% si fuere reincidente. En el caso de SOMICA se detectaron demoras en el envío de la Hoja de ruta a la Secretaría.
El Gobierno también removió del cargo al sÍndico Marcelo López Acuña.
RAZONES PARA LA INTERVENCIÓN
? En los fundamentos del decreto Nro 196 del 16 de enero por el que se interviene a SOMICA se hace referencia a la inconsistencia de los estados contables de la empresa.
? También alude a la confusa situación legal que se da desde el 2004, cuando la gestión de Eduardo Brizuela del Moral decide reflotar la sociedad mixta.
? Es que para esa fecha ya había una sentencia de la Corte de Justicia del año 2002 por la que ordenaba la disolución de la firma y el retorno del área Cerro Atajo al patrimonio provincial.
? Es por ello que se dispuso la intervención por 180 días y se designó en el cargo al abogado David de la Barrera. También se removió al abogado Marcelo López Acuña en su función de síndico en representación del sector público.
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