No darán códigos a entidades que cobran intereses usurarios
La comuna tomó medidas al ratificarse el alto costo de los préstamos a los que acceden los empleados. Es para preservar el salario.
La Municipalidad de la Capital decidió adoptar medidas a partir de la publicación de El Ancasti por la que se reveló que la Mutual Municipal y del Concejo Deliberante otorga préstamos a los empleados a tasas usurarias. La comuna no habilitará códigos de descuentos a las entidades que otorgan beneficios a tasas exorbitantes.
Ayer, se realizó un trabajo en conjunto entre integrantes del Gabinete del intendente Raúl Jalil, a fin de analizar la problemática de los códigos de descuento que operan sobre los sueldos del empleado municipal. Es que a partir de la solicitada publicada por la entidad cuestionada se confirma que el agente municipal que accede a un crédito termina pagando un costo financiero total del 118% si se considera la tasa de interés que se aplica y la cuota societaria (Ver aparte).
Del análisis efectuado por el equipo técnico se detectó que en muchos casos los descuentos que se efectúan, directamente cuando el empleado percibe su salario, afecta una gran proporción del ingreso del trabajador, que en algunos casos supera el 70%.
Ante tal situación, y con el objetivo de preservar el salario de los trabajadores, se estableció la necesidad de que el municipio implemente una normativa que está en sintonía con el decreto nacional 246/2011 que la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner anunció en diciembre de 2011. La medida se tomó para evitar las tasas usurarias que las mutuales cobraban a los jubilados que obtenían un código de descuento de ANSES.
En tal sentido, el decreto nacional establece: Que se ha verificado en los años de vigencia del Sistema que para el acceso al crédito de algún tipo de entidades, resulta condición necesaria para los beneficiarios su previa afiliación a las Cooperativas o Mutuales que operan el sistema con la consiguiente obligación mensual de abonar su cuota social a las entidades.
En muchos casos, el único fin perseguido por los empleados municipales al adherirse a una mutual es la obtención de un préstamo, por lo que el importe abonado por los beneficiarios en concepto de cuota social a favor de las mismas, incrementa exponencialmente el Costo Financiero Total, es decir, la tasa que finalmente se paga.
Asimismo, la normativa establece que como paso fundamental para lograr la transparencia del sistema de código de descuentos, corresponde establecer un límite máximo al Costo Financiero Total (CFT) aplicable a los créditos otorgados por las entidades adheridas a dicha operatoria.
El objetivo es preservar el salario de los trabajadores.
La Provincia debería tomar medidas
El fiscal municipal, Miguel Figueroa Vicario, opinó que el Gobierno provincial debería adherir al decreto 14 del 5 de enero de este año, que firmó el vicepresidente Amado Boudou, y que busca preservar el salario del empleado público y evitar que sean víctimas de la usura. Esto permitiría que las Municipalidades adhieran a la legislación.
La norma viene a modificar otra que está vigente desde el año 2000 por la que se estableció un régimen de deducciones en los haberes de los agentes de la Administración Pública Nacional.
En los puntos más importantes el decreto establece que la deducción por el pago de obligaciones dinerarias no podrá exceder el 30% del monto de la retribución del agente. También se ponen límites al Costo Financiero Total de un crédito al señalar que no podrá exceder en un 5% adicional a la tasa informada por el Banco Nación para los créditos personales.
Reunión para el lunes
La Mutual Municipal y del Concejo Deliberante elevó ayer una nota al Ejecutivo Municipal para solicitar una audiencia con el intendente de la Capital, Raúl Jalil, a fin de brindar informe sobre la gestión de la institución.
Desde intendencia se informó que la reunión se realizará el próximo lunes 23 de enero a las 10.
A partir de la información publicada, el secretario de Hacienda de la Municipalidad de la Capital le había solicitado a la entidad que informe en un plazo de 5 días los últimos estados contables; la normativa referida a la actividad de la mutual y la constancia de situación regular y actualizada y expedida por el organismo de fiscalización correspondiente.