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Las multas por no votar están desactualizadas y no se aplican

es obligatorio participar en las elecciones primarias del 14 de
7 de agosto de 2011 - 00:00
El próximo 14 de agosto es obligatorio votar en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias. Sin embargo, si por alguna razón no se vota en las primarias igual se podrá ejercer el derecho a elegir en las elecciones generales del 23 de octubre. El debate que todavía está pendiente, a partir de la reforma política, es el de la obligatoriedad del voto ya que las sanciones económicas que están vigentes están desactualizadas y la realidad es que no se aplican.

Muchos se preguntan qué ocurre si no cumplen con la obligación ciudadana en estas elecciones. Es el artículo 125 de la Ley 19.945 (Código Electoral) el que, en referencia a la falta electoral de emisión del voto, establece las multas. Pero esa norma quedó desactualizada con respecto a los valores económicos.

En efecto, la ley establece: Se impondrá multa de cincuenta ($a 50) a quinientos ($a 500) pesos argentinos al elector que dejare de emitir su voto .

La moneda a la que refiere la multa, el Peso Argentino, fue la denominación que tuvo el dinero en el país desde 1983 a 1985 y que fue reemplazado por el Austral y el peso actual. Entonces, se estima que la multa se establecería en un rango que va de $0,0005 a $0,00005. En conclusión una cifra que por desactualizada es irrisoria e inaplicable.

La ley continúa diciendo que, de no justificarse la falta por enfermedad u otra razón como ser mayor de 70 años, estar a más de 500 km, etc., el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

El artículo 126 de la misma norma prevé que el pago de la multa se acredita mediante estampilla fiscal, adherida al documento cívico en el lugar destinado a las constancias de emisión del voto.

Si no se paga la multa, la misma norma indica que no se podrán realizar trámites por un año en organismos nacionales, provinciales, municipales. Pero como la multa no se puede cobrar, la sanción se torna materia de discusión

La multa está expresada en una moneda que no tiene curso legal, por lo que no corresponde su aplicación indicó Alejandro Tulio, director nacional electoral. Pero aclaró que esto no exime al ciudadano de hacer el trámite ante la Justicia para que ésta aplique el sello de justificación de la no emisión del voto que habilite a la persona a ser designada en empleos públicos o realizar trámites ante organismos públicos. CLAVES

Hay poca información

Es cierto que hoy existen sanciones que no se practican, hay países que tienen el voto obligatorio y que son muy estrictos con las sanciones. Creo que es el debate que nos debemos dar en Argentina si queremos mejorar y si queremos lograr que la participación sea más alta, dijo a Radio Ancasti la polítologa, Julia Pomares, directora del Programa de Política y Gestión de Gobierno del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento, una organización independiente y apartidaria que lleva adelante un proyecto de Observatorio Electoral para monitorear el avance de la reforma política que se aprobó en el 2009.

Pomares opinó que habrá que esperar que finalice todo el proceso electoral para evaluar el impacto de los cambios generados. Es la reforma más grande que hubo en Argentina en material electoral, después de la reforma del 94. Por eso, es importante hacer los esfuerzos para su implementación para evaluar lo que ha funcionado o no, señaló.

Nuestro rol es invitar a los ciudadanos a votar. Esta reforma política no está en ningún lugar de América latina y está siendo mirada como experiencia. Lo que nosotros estamos viendo es que todavía hay poca información a pocos días de la elección. Por eso, nuestro rol desde la sociedad civil es contribuir a que haya mayor información de lo que está en juego, señaló.

Destacó que la reforma política todavía tiene asignaturas pendientes. Sin embargo, destacó la reducción de partidos políticos que se logró a partir de las exigencias planteadas en la ley 26.571. En el momento que se sancionó la ley había 650 partidos políticos en la Argentina, lo que cual es un número propio de libros de récord. Lo que la ley hizo fue hacer más difícil a los partidos crearse y mantenerse, comentó y destacó que en comparación a dos años atrás hay 150 partidos menos.

También rescató la obligación que tendrán los partidos políticos de conseguir el 1,5% de los votos válidos emitidos en agosto para poder participar en la elección general de octubre. En esta línea, opinó que es una forma de que las agrupaciones políticas se validen en las urnas.
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