A finales de junio, la Secretaría de Minería emitió una resolución por la que flexibiliza los requisitos para los emprendimientos mineros que realizan actividades prospectivas no invasivas.
A partir de ahora, no será obligatoria presentar un informe de impacto ambiental para aquellas actividades que no producen alteración física del área de trabajo, no implican excavaciones del terreno que superen 50 cm de profundidad ni uso de maquinaria pesada.
Para este tipo de actividades prospectivas no invasivas, sólo es necesaria la presentación de declaraciones juradas firmadas por profesionales idóneos.