La OPAP devolverá los descuentos por tope que la Corte invalidó
Un fallo cuestionó la interpretación legal del organismo. La sentencia beneficia a un pasivo, pero la OPAP lo aplicará también a otros jubilados.
El coordinador de la Oficina Provincial de Asuntos Provisionales (OPAP), Carlos Ortiz, anunció que acatarán el criterio establecido por la Corte con relación a que sólo debe aplicarse un tope a los jubilados transferidos -cualquiera sea su modo de retiro- y que, además, harán extensivo el resultado de fallo Sir a otros 160 jubilados que, como el demandante, sufrieron la aplicación de un tope diferenciado en el período de marzo de 2009 a agosto de 2010.
De esta forma, apuntó, pretenden evitar una seguidilla de juicios que, sobre el mismo punto, puedan realizar otros pasivos que se sientan afectados. El Ancasti dio a conocer en su edición de ayer la sentencia que la Corte formuló por unanimidad ante un amparo presentado por el jubilado y dirigente radical Enrique Sir, en disconformidad por la aplicación de un doble tope en la liquidación de la asignación complementaria. La Corte le dio la razón a Sir y ordenó a la OPAP aplicar la ley sin interpretaciones que den lugar a dispendios jurisdiccionales inútiles (Ver aparte).
En diálogo con este diario, Ortiz anunció que aunque el fallo nada dice respecto del reintegro del dinero que se liquidó por la aplicación de topes diferenciales -seguramente el reclamo para ajustar la liquidación vendría en una etapa posterior-, el organismo previsional hará el recálculo de la diferencia entre el tope de retiro voluntario y el de la jubilación ordinaria que fue aplicado entre marzo de 2009 y agosto de 2010 no solo a Sir sino a todos los jubilados en situación similar. El reintegro se hará efectivo en febrero o marzo, una vez que se concluya con las determinaciones de cada caso.
Si ya tenemos un elemento contundente, como lo es la interpretación de la Corte, que es el máximo órgano de interpretación en la Provincia, y si ellos consideran que el espíritu de la ley apunta a que exista un solo tope, nosotros vamos a aplicarlo como ellos lo han interpretado. Pero no lo vamos a hacer sólo para este jubilado particular, sino que lo vamos a hacer extensivo al resto de los que han sido afectados por este tope diferencial. Estamos hablando de unos 160 jubilados que se verán beneficiados, dijo el responsable de la OPAP.
De todos modos, Ortiz se encargó de aclarar que la corrección en la liquidación sólo implicará el pago de un retroactivo en los casos que surjan diferencias por el período mencionado, pero no implicará un aumento de las jubilaciones actuales. Es que, tal como se expresa en el fallo, con el decreto del Ejecutivo de agosto de 2010 que fija el sueldo del Gobernador en 13.184 pesos, el tope para el pago del 82% pasó a ser de 10.800 pesos y desde entonces ya casi no hay jubilados topeados.TOPES DIFERENTES?En marzo de 2009 y en virtud de dictámenes de su asesoría legal, la OPAP comenzó a aplicar topes diferenciales a las jubilaciones ordinarias, al retiro voluntario y a las pensiones.?Un jubilado se sintió afectado y fue a la Corte con un amparo que le salió favorable.?La OPAP, para evitar nuevos juicios, adoptará el criterio de la Corte y calculará la liquidación con un único tope, el del 82% móvil del haber del activo. ?Reintegrará el monto descontado de más entre marzo de 2009 y agosto de 2010 a unos 160 pasivos.Un fallo que sienta precedentePor unanimidad, la Corte de Justicia hizo lugar al amparo del jubilado Enrique Sir, quien consideraba arbitrarios los descuentos que había comenzado a sufrir a partir de marzo de 2009 en el cálculo de la asignación complementaria; y le ordenó a la OPAP guardar estricto apego a las normales legales vigentes evitando interpretaciones que ocasionen dispendios jurisdiccionales inútiles. Más allá de los calificativos usados, somos respetuosos de las instituciones y vamos a acatar todo lo que dispone el fallo, dijo Ortiz. Al tomar la decisión de hacer extensivo el criterio al resto de los jubilados en igual situación, la OPAP pretende diferenciarse de ANSES, que apela sistemáticamente sentencias sobre casos idénticos de redeterminación de haberes de pasivos. Siempre hemos estado en desacuerdo con esa posición de ANSES y ahora que nos toca a nosotros vivir la situación, mal podríamos ser contradictorios con lo que estamos planteando.