28 de abril de 2010 - 00:00
El Gobernador defendió los derechos de los jubilados catamarqueños transferidos
El gobernador de Catamarca, solicitó hoy ante la Corte Suprema de Justicia que el Estado Nacional reconozca y respete el derecho de los jubilados y pensionados catamarqueños transferidos a percibir el beneficio del 82% móvil.
El cónclave fue presidido por el Dr. Ricardo Lorenzetti y en representación de la Nación, ejerció la defensa el secretario de Seguridad Social, Walther Arrighi, quien estuvo acompañado por los gerentes de ANSES Germán Cervantes (Finanzas); Christian Mikkelsen Loth (Asuntos Insterjurisdiccionales) y Dina Yapar (Asuntos Contenciosos).
Al momento de la exposición del vocero del Estado nacional, Lorenzetti, lo instó a explicar las razones jurídicas por las que ANSES, unilateralmente, sostiene la modificación del convenio de transferencia de la Caja Previsional Provincial (ley convenio) por una ley nacional de rango constitucional inferior, constituyéndose este punto en el eje central de la audiencia, sobre el que insistieron recurrentemente los ministros de la Corte Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, quienes en antecedentes jurisprudenciales en forma reiterada se pronunciaron sobre la supremacía constitucional de los convenios intra federales sobre una ley nacional.
Con una sólida posición política y jurídica el gobernador Brizuela del Moral brindó un pormenorizado detalle de los antecedentes legislativos federales y provinciales vinculados con el pago del 82% móvil y la instrumentación jurídica de la transferencia del Sistema Previsional Provincial a la Nación y los alcances de sus cláusulas.
Mi presencia ante esta Suprema Corte de Justicia de la Nación es en calidad de representante de hombres y mujeres que dedicaron gran parte de su vida al servicio de la comunidad y hoy ven afectados sus legítimos derechos a una justa retribución, por incumplimiento e interpretaciones reñidas con la buena fe por parte de ANSES, con relación a los convenios realizados oportunamente con el Estado de Catamarca, comenzó su alocución el primer mandatario.
Las cláusulas del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional Provincial a la Nación son claras y precisas. Su correcta interpretación no debería sujetarse a circunstancias políticas de la provincia en sus relaciones con el Estado Federal, enfatizó.
Instó luego a priorizar la seguridad jurídica y la paz social, respetando y haciendo respetar la letra escrita de las convenciones celebradas, que afectan directamente los derechos adquiridos por terceros y advirtió que el hecho de que ANSES no reconozca las erogaciones que el Estado Provincial efectúa para el pago de la movilidad por incumplimiento del organismo mencionado, determina inexorablemente que las finanzas públicas provinciales ingresen a un estado de mayor vulnerabilidad.
El Gobernador destacó que el denominado Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, al cual la Provincia adhirió a través de la ley provincial N° 4.776, y el convenio de Transferencia del Sistema Previsional a la Nación ley N° 4785, donde se establecen los derechos y obligaciones de las partes, son consecuencias de un contexto histórico-normativo singular y resultan a la postre ser leyes convenio, manifestaciones del más puro federalismo de concertación y no pueden ser modificadas por alguna de las partes sin el consentimiento de la otra, menos aun darle una interpretación diferente al de su verdadero sentido y fin.
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