viernes 10 de julio de 2026

Carlos Ortiz: “No se debe pagar en la OPAP”

El titular de la Oficina Provincial de Asuntos Previsionales (OPAP), aseguró que para realizar los trámites jubilatorios no se debe abonar nada en la OPAP, sino que lo que se paga en la AFIP o en el banco.

Además, Ortiz expresó que se debe tener cuidado con la interpretación de los términos que utilizan algunos de los empleados de las oficinas, cuando explican como incluirse en el beneficio de la jubilación en el programa de inclusión social.

Para acceder a este beneficio surgió la ley 24.476, que tiene como objetivo acceder a la jubilación sin haber realizado los aportes, pero teniendo la edad, comentó el titular de OPAP.

Asimismo, explicó que para incluirse en el sistema el jubilado tiene que bonificar en un plan de pagos aportes, que es una suma que se le descuenta una vez que se le otorgue el beneficio. A su vez, las personas que tienen entre 60 y 63 años, tienen algunas restricciones como la de realizar un pago en efectivo en el banco o en la AFIP, pero no en nuestras oficinas, destacó.

Finalmente, aseguró que desde el organismo se continúa informando sobre esto, se publicita y se lo da a conocer cada vez que pueden, por diferentes medios de comunicación.
Seguí leyendo

Te Puede Interesar