La Dirección Provincial de Ganadería, en su carácter de Organismo de Aplicación de la Ley Federal Sanitaria de Carnes N° 22375, comunica a los productores ganaderos y a la población en general que el funcionamiento irregular de establecimientos faenadores -mataderos o frigoríficos- es exclusiva responsabilidad de los municipios de la provincia.
En este sentido, recuerda que los únicos establecimientos habilitados para faenar en la provincia al día de la fecha, son: