En la segunda jornada del juicio a una mujer de 22 años, imputada por "homicidio simple en grado de tentativa" en perjuicio de una joven (primer hecho), y "lesiones graves" que damnificaron a un hermano de ésta (segundo hecho), el juez Fabricio Gershani Quesada la condenó a tres años de prisión en suspenso, al tiempo que declaró la inconstitucionalidad del mínimo de la sanción punitiva establecido en el Código Penal (CP).
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Prisión en suspenso por intento de homicidio y lesiones graves
La imputada cometió los delitos siendo menor de edad y fue juzgada en el Tribunal Penal Juvenil. Se le endilgó las graves lesiones provocadas con un elemento corto punzante a las dos víctimas en el año 2018, en la zona sur de la ciudad.
La audiencia comenzó pasadas las 10. Declaró un médico de Sanidad Policial y dos efectivos de la Comisaría Novena. Entre los testigos citados había un médico y dos policías. También fue citado el joven lesionado, quien no concurrió al debate.
Tras un cuarto intermedio dispuesto por el juez, el fiscal de Cámara, Guillermo Narváez y la abogada defensora, Silvia Barrientos, expusieron sus alegatos.
Narváez se extendió ampliamente en sus dichos. Consideró que la agresora efectuó los ataques con “dolo eventual o dolo directo”, y que fue una acción “artera con la intención de matar, ya que la agresora causó graves lesiones en zonas vitales a ambas víctimas”.
Por su parte, Barrientos consideró que “la investigación fue defectuosa porque a la acusada no se le realizó una pericia toxicológica”, teniendo en cuenta su pasado delictivo y fuertemente vinculado al consumo problemático de sustancias estupefacientes.
Desacreditó el procedimiento policial, el secuestro de la presunta arma utilizada (un cortaplumas), y para finalizar pidió el sobreseimiento, y declarar la inconstitucionalidad de los mínimos de la escala penal, por tratarse el caso, de una situación no prevista en el Código Penal.
El juez hizo lugar parcialmente a su pedido.