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Distrito norte

Imputan e indagan a dos médicos por presunta mala praxis

19 de diciembre de 2025 - 20:46

El fiscal de instrucción N°8 del Distrito Norte, Juan Manuel Sánchez Ruiz, imputó e indagó a dos médicos por el delito de “lesiones gravísimas culposas, en calidad de coautores”, en el marco de una causa que investiga una presunta mala praxis médica ocurrida durante una intervención quirúrgica realizada a un niño.

Ambos profesionales se abstuvieron de declarar y estuvieron representados por un abogado particular. La investigación se inició a partir de una denuncia presentada por la madre del niño en agosto de 2021. En una primera etapa, la causa estuvo a cargo del entonces fiscal de instrucción N°8, Sebastián Pelisari, quien ordenó diversas medidas probatorias, entre ellas el secuestro de documentación, la recepción de testimonios y la realización de una pericia médica sobre la historia clínica, avanzándose posteriormente con la indagatoria de los médicos denunciados.

Durante el trámite, las defensas plantearon la nulidad del decreto de determinación del hecho, argumentando que al momento de realizarse la pericia médica se había notificado al defensor oficial y no a los imputados, impidiéndoles designar peritos de control. El planteo fue rechazado por el Juzgado de Control de Garantías y luego elevado a la Cámara de Apelaciones, que en junio de 2024 resolvió declarar la nulidad de la pericia médica y, en consecuencia, del decreto de determinación del hecho.

A raíz de ello, la causa regresó a la Fiscalía de Instrucción N°8, ya bajo la dirección del fiscal Sánchez Ruiz, quien dispuso nuevas medidas. En ese contexto, con la historia clínica original, se ordenó una nueva pericia médica, notificándose a los imputados para que designaran peritos de control. Cabe señalar que la pericia anulada había sido realizada sobre copias de la historia clínica. Previamente a la nueva pericia, el fiscal Sánchez Ruiz remitió la historia clínica original al Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF), solicitando que se expidiera respecto de si mantenía las conclusiones arribadas en la pericia anterior. El organismo informó que ratificaba lo oportunamente dictaminado.

Con ese informe, se volvió a convocar a los médicos a prestar declaración indagatoria. Las defensas formularon nuevamente oposiciones al decreto del hecho, que fueron rechazadas tanto en el Juzgado de Control de Garantías como en la Cámara de Apelaciones. Asimismo, interpusieron un recurso de reposición extrema, que también fue desestimado. Finalmente, la causa retornó a la fiscalía, donde se avanzó con el acto procesal, concretándose la indagatoria el día de ayer, oportunidad en la que ambos imputados optaron por abstenerse de declarar.

El hecho

Con los elementos de prueba reunidos, el fiscal determinó que el hecho ocurrió el 2 de marzo de 2021, cuando el médico cirujano Carlos Barrionuevo y el médico anestesista Julio Leiva se encontraban prestando servicios en el Hospital de Niños Eva Perón, de esta ciudad Capital. En su calidad de integrantes del equipo médico de cirugía y anestesia, llevaron adelante una intervención quirúrgica en el niño, quien se encontraba internado en la sala de Terapia Intermedia del nosocomio, cursando un cuadro de inestabilidad hemodinámica, insuficiencia renal y obstrucción de un catéter, en el marco de un síndrome urémico hemolítico. Aproximadamente a las 13:30 horas, el niño fue ingresado a quirófano para la realización de un procedimiento de colocación de válvula peritoneal. Según la imputación fiscal, durante la intervención los profesionales actuaron de manera negligente al no prever el riesgo de broncoaspiración derivado del corto período de ayuno del paciente, ni evaluar la colocación de una sonda nasogástrica como medida preventiva.

Como consecuencia de ello, durante el procedimiento se produjo un episodio de broncoaspiración, seguido de la imposibilidad de reintubar al paciente durante minutos críticos, lo que derivó en una hipoxia cerebral. El niño sufrió un daño permanente, diagnosticado por la junta examinadora como “paciente neurológico secuelar con encefalopatía hipóxica isquémica, de carácter irreversible”. La investigación continúa conforme a las previsiones del Código Procesal Penal.

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