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Mora judicial

Fernanda Rosales Andreotti: "Los plazos tienen que tener consecuencias"

La ministra de la Corte de Justicia, Fernanda Rosales Andreotti se refirió a la mora judicial y a las consecuencias que deberían recaer sobre los funcionarios. En Tinogasta, fue sobreseído un docente acusado de corromper menores de edad tras trece años sin una resolución.

2 de octubre de 2026 - 12:41

“Los plazos ordenatorios no son plazos; los plazos tienen que tener consecuencias. Si no tienen consecuencias, no es un plazo”, manifestó la ministra de la Corte de Justicia, María Fernanda Rosales Andreotti, al referirse a los tiempos de la justicia y los casos que terminan archivados por prescripción.

Rosales fue entrevistada en “Cuestión de Derecho” de Ancasti Streaming y se refirió puntualmente a lo ocurrido con la causa penal de la Tragedia de la Alcaidía, en la que cuatro adolescentes murieron tras un incendio en una celda, en septiembre del 2011. La causa fue elevada a juicio pero la audiencia oral fue suspendida en siete ocasiones. El juicio nunca se hizo. En junio último, la Corte dictó el sobreseimiento por prescripción para los cuatro policías imputados.

"Como lo dijimos en la sentencia, esto no puede pasar. Y no es una cuestión que tenga que ver ni con la complejidad de la causa, ni con los distintos factores que pueden hacer que el plazo razonable no se dé, sino llanamente con una desidia de quienes debían llevar adelante ese juicio", definió, apuntando a la responsabilidad de fiscales y jueces en el impulso procesal.

“La Corte de Justicia en esa causa se encargó de establecer exactamente cuáles eran las responsabilidades de cada uno, y en dónde se habían producido las demoras. Muy detalladamente. Se pidieron las investigaciones del caso respecto de los funcionarios y el trámite está en la sala de sumarios para establecer esa responsabilidad", explicó.

Aunque circunscribió el término "desidia" a ese expediente en particular, la ministra advirtió sobre las fallas del sistema cuando los tiempos se dilatan sin justificación. Reclamó que las demoras de los funcionarios dejen de ser anecdóticas y comiencen a castigarse. "Los plazos ordenatorios no son plazos; los plazos tienen que tener consecuencias. Si no tienen consecuencias, no es un plazo", remarcó, exigiendo que se apliquen sanciones disciplinarias.

El síntoma reflejado en Tinogasta

Las declaraciones de Rosales Andreotti sobre la inacción judicial encontraron su correlato apenas una semana después. El 30 de septiembre , el Juzgado de Control de Garantías de la Quinta Circunscripción Judicial de Tinogasta, a cargo del juez Marcelo Eduardo González, dictó el sobreseimiento total y definitivo de Gabriel Ramón González. El sujeto enfrentaba cargos por corrupción de menores.

Los hechos denunciados habrían ocurrido entre 2010 y principios de 2013. Ese mismo año, el 9 de septiembre, el imputado fue indagado. En noviembre del 2015 la Fiscalía requirió la elevación a juicio —homologada en abril de 2016—; sin embargo, ambas actuaciones fueron declaradas de "nulidad absoluta" poco después por la Cámara de Apelaciones. A partir de ese fallo, la causa quedó estancada.El expediente regresó a la Fiscalía de Tinogasta, que nunca volvió a pedir la citación a juicio ni produjo nuevas pruebas, dejando transcurrir el plazo máximo de 12 años de inactividad hasta que la causa prescribió el 9 de septiembre de 2025.

En su resolución, el juez González formuló un "severo llamado de atención a la Fiscalía interviniente" y expresó que se verificaron períodos de "inactividad procesal" atribuibles al Ministerio Público Fiscal, lo que derivó de forma directa en la extinción de la persecución penal.

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