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Abuso sexual en la infancia

"Ese consentimiento jamás existió; existió violencia sexual"

La Cámara de Sentencia Penal Juvenil dio a conocer los fundamentos de los hermanos condenados por "abuso sexual con acceso carnal agravado".
8 de abril de 2022 - 16:26

El pasado 25 de marzo, la Cámara de Sentencia Penal Juvenil halló culpable a dos hermanos en el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”. En consecuencia, el hermano mayor fue condenado a la penal de ocho años de prisión y el hermano más chico, de 17 años, fue declarado penalmente responsable. En agosto, cuando cumpla la mayoría de edad, estarían dadas las condiciones para efectuar la audiencia de imposición de pena. Hace instantes, desde el Tribunal Penal Juvenil se dieron a conocer los fundamentos de la condena.

Los jueces Rodrigo Morabito, Silvio Martoccia y Elizabeth Cabanillas valoraron en los fundamentos que la víctima, por entonces una chica de 13 años, se encontraba en “extrema situación de vulnerabilidad”. De su propia declaración prestada en debate -al haber solicitado ejercer su derecho a ser escuchada- “quedó expuesta la situación de vulnerabilidad en la que se encontró desde siempre”.

Para los magistrados, se pudo corroborar la existencia de este delito contra la integridad sexual. Aunque no hayan existido signos de violencia, esto es absolutamente posible en determinadas circunstancias al no poder defenderse la víctima. “Ello fue lo que efectivamente ocurrió, ya que la niña fue categórica la señalar que ante la acción desplegada por los acusados se quedó paralizada y que se descompuso, como que se desvaneció, se durmió, hipótesis claramente posibles en la que puede existir un abuso sexual sin signos de violencia; tal como aquí ha sucedido”, remarcaron.

Además, la mayoría de los testimonios ubican a víctima y victimarios en el lugar de los hechos. Incluso los propios imputados lo manifestaron en sus declaraciones prestadas en juicio, aceptando haber tenido relaciones sexuales con la chica, esa madrugada. No obstante aseguraron que fueron consentidas.

“Sin embargo, las evidencias probatorias han demostrado lo contrario. La existencia con grado de certeza de una violencia sexual ejercida por los acusados sobre la chica, descartándose toda posición defensiva tendiente a la existencia de un consentimiento prestado por ella para tener relaciones sexuales. Ese consentimiento jamás existió, se trató de un hecho en donde existió violencia sexual contra una niña de 13 años que carecía de toda posibilidad de defenderse, que se paralizó porque jamás esperó esa conducta de quienes conocía de toda la vida, desde su infancia. En el despliegue de violencia sexual ejercido contra la niña participaron dos personas quienes accedieron a una víctima indefensa y vulnerable”, señalaron.

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