Duras definiciones del juez Maidana contra Walther al justificar el pedido de desafuero
El juez de Control de Garantías Héctor Rodolfo Maidana llevó a cabo la investigación jurisdiccional. Duros conceptos del magistrado que pidió el desafuero de Walther.
Ezequiel Walther. Se complica la situación del fiscal, pidieron el desafuero.
“Las explicaciones brindadas por el Dr. Walther, en su comparendo espontáneo no han sido, pese a su denodado esfuerzo, lo suficientemente satisfactorias y las incoincidencias apuntadas restaron credibilidad a la postura ensayada”, parte de lo señalado por el juez de Control de Garantías N°1, Héctor Rodolfo Maidana, en la resolución en la que determinó solicitar el desafuero del fiscal de instrucción denunciado por haber hurtado dos cajas de herramientas a fines de junio pasado.
El Ancasti tuvo acceso a la resolución en la que Maidana analizó los elementos de pruebas reunidos, testimonios y visualizaciones. Elementos que comprometieron al fiscal.
“Las inconcidencias apuntadas, restan, obviamente credibilidad a la postura ensayada por el Dr. Walther (…) y teniendo en cuenta la merituación hasta aquí efectuada, no solo aparece como una torpe justificación por parte del funcionario sino que, y fundamentalmente constituye en contra del mismo un indicio de mala justificación”.
Análisis
Al realizar un análisis de los hechos señala Maidana que “la conclusión no puede ser otra si se repara, que, a la luz de la lógica, no es viable aceptar que, si su intención era resguardar las cajas de herramientas y avisarle a los playeros tal circunstancia, Walther, inmediatamente después de guardarlas en el interior de su camioneta no le haya avisado al testigo (...) al cual saludó cuando se retiraba de la playa, ni tampoco cuando se hizo nuevamente presente en la playa, a retirar el descongestivo de la vías aéreas que utiliza, horario en que además de (...) también se encontraba el encargado de la playa (...), ni a los damnificados cuando los cruzó en la oportunidad referida por otro de los testigos, por lo que cabría preguntarse como haría Walther para entregarle las cajas de herramientas a los damnificados, toda vez que él no sabía a quienes pertenecían ni quienes se conducían en la camioneta en donde las mismas se encontraban, ni tampoco en qué momento se retirarían de la playa”, resalta Maidana en la resolución.
“Es sin embargo provocador de connotaciones de particular gravedad para el ejercicio de la función de fiscal bien que, sin duda alguna, y cualesquiera fueran las motivaciones de su obrar, y aun admitiendo total buena fe, lo que queda claro es que el Dr. Walther por ningún concepto podía sacar las cajas de herramientas del lugar en donde estas se encontraban, esto es en la caja de la camioneta de los damnificados, ni mucho menos guardarlas en elinterior de su camioneta y taparlas con una campera.”
Poder Judicial
En otro orden señala Maidana que “en el contexto de estos conceptos, juicios de valor e implícitas normas de comportamiento, no caben disgregaciones eximentes o minimizantes por intentadas remisiones a subjetivismos, intencionalidades o motivaciones circunstanciales, y ello porque de lo que se trata es de exigir a los integrantes del Poder Judicial, a más del correspondiente y adecuado ejercicio jurisdiccional, trasunten con su comportamiento, de modo encarnado la majestad de la justicia que representan, lo que por cierto no se concilia con actitudes como las que ahora nos ocupa, que simplemente observadas por una comunidad que, sin posibilidades para introducirse en las motivaciones últimas de quienes la protagonizan, solo percibe una imagen pedestre e irrespetable de la misma. Es que para los jueces y funcionarios del Poder Judicial y precisamente por la responsabilidad que les exige la naturaleza misma de lo que administran y el aparejado respeto que merecen quienes necesariamente deben confiar en ellos como última razón sustentadora del imperio de sus decisiones, sigue teniendo vigencia la vieja máxima romana que expresa que la mujer del César no solamente debe ser decente sino también parecerlo”.
“Los miembros de la Corte de Justicia, como los jueces y miembros del Ministerio Público Fiscal "prestarán juramente por Dios y la Patria de desempeñar fielmente el cargo" y el artículo 202 del mismo ordenamiento prescribe que ningún miembro del Poder Judicial podrá ejecutar acto alguno que comprometa la imparcialidad y dignidad de su cargo”, finaliza.