jueves 28 de marzo de 2024
LO SOSTUVO LA SECRETARIA DE FAMILIA, MARÍA CARRIZO

El cyberdelito “es un disparador del manejo en las redes”

Estima que podría existir la comisión de otros delitos. El Sistema de Protección está atento para intervenir.

Por Redacción El Ancasti

Tras la denunciada realizada por la Secretaría de Familia por la circulación de material de abuso sexual de niños, niñas y adolescentes (MASNNA), el Sistema de Protección de chicos y chicas de la provincia se encuentra en alerta, ante la posibilidad de que se presente alguna adolescente. Por este hecho, tomó intervención el fiscal de Instrucción de Quinta Nominación Hugo Costilla. De esta manera, se inició la etapa de investigación  y producción de prueba.

María Carrizo, secretaria de Familia –organismo que tiene a su cargo el Sistema de Protección- advirtió que se debe evitar la propagación de estas imágenes y no seguir difundiendo. Al respecto, aclaró que la difusión de MASNNA es un delito. “Se difunde la foto y se difunde el delito”, remarcó.

Según la funcionaria, con la denuncia se frenó, en gran parte, el delito, pero la sociedad debe colaborar y no continuar difundiendo. 

Además, consideró que tal material podría ser como la punta de un iceberg, dado que podría haber de fondo otros delitos: grooming, explotación sexual y abuso sexual (en sus distintos matices). La secretaria indicó que todo ello se encuentran en los llamados “ciberdelitos”. “Esto es un disparador del manejo de las redes y del acoso”, sostuvo. 

Recomendaciones
Dada la situación y a la hiperconectividad a internet y redes sociales, que por estos días de aislamiento social, preventivo y obligatorio se incrementa más, desde la Secretaría de Familia se pide a padres, madres y demás tutores de chicos y chicas que estén alertas. Para consultas y disipar dudas, está disponible la Línea 102.

Además, se aconseja evita hablar con desconocidos: “Es demasiado fácil crear perfiles falsos y hacerse pasar por otra persona. Desconfía de alguien que te pide que no le cuentes a nadie sobre sus conversaciones; es recomendable hablar con esa persona”.

Al mismo tiempo, se comentó que se debe cuidarla intimidad, sobre todo al momento de compartir fotos o videos. “Pueden extorsionarte para que envíes más material o amenazarte con publicarlo. Una vez que subís un contenido a internet, perdés el control y cualquiera pueda acceder a él”, se enfatizó.

Por ello, se recomienda a los adultos responsables prestar atención a las actividades de chicos y chicas en las redes, hablar con ellos de estas formas de acoso, decirles que no manden imágenes íntimas a ninguna persona.

“Observar si hay cambios de conducta en niños, niñas y adolescentes, miedo, estrés o nerviosismo. Si identificamos un caso, no debemos borrar las conversaciones o contenidos porque pueden servir como prueba. También se deben realizar capturas de pantalla  y no intentar contactar a acosadores o victimarios”, explicó.

Por último, se advirtió que “desconfía de las personas que te prometen regalos o cosas a cambio de información, fotos, videos o encuentros. Las contraseñas son de uso personal. Configura la privacidad de todas tus redes; es la única manera de controlar tu propia información”.

 

Modos de abordaje 

Abuso sexual. Todo involucramiento con una niña o niño menor de 13 años se considera “abuso sexual” porque no se concibe legalmente la posibilidad de que a esa edad se consienta una práctica sexual. El consentimiento sexual en menores de 13 años no es considerado válido. En las personas de entre 13 y 16 años hay abuso cuando el autor se aprovecha de la inmadurez sexual de la víctima.

Grooming. Es el acoso de adultos a niños, niñas y adolescentes, a través de las nuevas tecnologías de información y de comunicación (NTIC), redes sociales, teléfonos celulares o internet. El agresor busca persuadir al niño para crear una “amistad”, y de esta manera lograr un acercamiento que le permita obtener imágenes, videos con contenido sexual e inclusive un posible acercamiento físico para abusar sexualmente de la víctima. El artículo 131 del Código Penal prevé una pena de prisión de seis meses a cuatro años.

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