jueves 28 de marzo de 2024
CUMPLE CONDENA A PRISIÓN PERPETUA

“Tico” Quinteros no reúne las condiciones para la prisión domiciliaria

La Cámara Penal de Tercera Nominación dio a conocer los fundamentos de la negativa a su planteo.

Por Redacción El Ancasti

El pasado 28 de febrero, esta Cámara Penal halló culpable a Ángel Custodio “Tico” Quinteros del delito de "homicidio calificado por mediar una relación de pareja" y lo condenó a la pena de prisión perpetua. En marzo de 2019 en Las Tunas, Santa Rosa, había matado de manera violenta a Susana Villagra, su pareja por 28 años y madre de sus hijos. Tras la declaración de la pandemia por COVID-19 y la entrada en vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, la defensa de “Tico” Quinteros solicitó la prisión domiciliaria. A tal fin, indicó que Quinteros se encontraría en el grupo de riesgo.

El 5 de mayo se realizó la audiencia a través de videoconferencia. El Tribunal estuvo integrado por los jueces Marcelo Soria, Patricia Olmi y Jorge Palacios. La defensa fue ejercida por el abogado Orlando del Señor Barrientos y el Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal Miguel Mauvecín, quien estuvo acompañado por la abogada de la querella Silvia Barrientos. Desde el Servicio Penitenciario de Miraflores, Capayán, Quinteros participó de la audiencia a través de videoconferencia. Por unanimidad, los magistrados resolvieron no hacer lugar al planteo.

De acuerdo con los fundamentos de este fallo, se advirtió que, dado que en la provincia aún no se registran casos de COVID-19, se tiene la posibilidad de tener en el Servicio Penitenciario de Capayán una población carcelaria sin contagio y sin posibilidades que esto ocurra, “al menos por el momento”. La defensa había presentado una historia clínica pero, según se apreció, en ella no emergen patologías tales como el mal de Chagas o dolencias en la columna (cervical), que se adujo que padecía el penado.

“Quinteros no se encuentra alcanzado por alguna verificable situación de riesgo sanitario que determine su prisión domiciliaria, a lo que cabe añadir que la Unidad Penitenciaria ofrece las condiciones necesarias para mantener su aislamiento social al igual que el resto de la comunidad. Asimismo, sus patologías pueden ser tratadas por los profesionales del Servicio Penitenciario Provincial, institución que cuenta con un protocolo de actuación para COVID-19”, se indicó.

Dada la particular situación de la provincia, que no presenta casos de coronavirus, se consideró que el argumento de la situación de pandemia esgrimido para solicitar la prisión domiciliaria carece de todo sustento razonablemente atendible. “Debe tenerse presente que para que los planteos resulten procedentes debe acreditarse que el mantenimiento del encierro implica un peligro concreto para la salud o la integridad del interno. No resulta suficiente la sola pertenencia de la persona a los grupos de riesgo frente al coronavirus para que automáticamente se modifique su modalidad de detención, pues dicha circunstancia solo resulta indicativa de un peligro conjetural o hipotético”, se remarcó.

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