El juez de Control de Garantías Nº 3, Ramón Porfirio Acuña, aseguró que declaró la nulidad de lo solicitado por el fiscal de instrucción Nº 9, Jonathan Felsztyna, quien lleva adelante la causa por la tragedia de El Rodeo y que había pedido el sobreseimiento de 11 de los 13 imputados en su requerimiento de elevación a juicio en mayo pasado, porque su actuación fue “deficiente”.
"Las razones de las nulidades dispuestas se vinculan estrictamente con la deficiente actuación del fiscal Felsztyna, quien omitió cumplir con la orden emanada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal, además de los vicios e irregularidades que surgen de los nuevos requerimientos formulados por él, que afectan seriamente las garantías constitucionales del debido proceso legal", disparó. El juez, en diálogo en exclusiva con El Ancasti, salió al cruce de los dichos de Felsztyna vertidos a través del canal de televisión local donde manifestó que la resolución del juez "es un paso atrás indudablemente", ya que anuló la investigación que, a su criterio, estaba avanzada con la posibilidad de ir a juicio.
Acuña justificó su fallo al señalar que en términos de garantías "es volver al fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, en beneficio de las garantías de todas las partes, cuando ordenaba resolver la situación procesal de todos los imputados, en el estado procesal que se encontraba la causa, sin modificaciones fácticas o jurídicas". Visiblemente contrariado, agregó: "El fiscal Felsztyna señaló en un medio televisivo que es un paso atrás en el referido proceso. Efectivamente, es un paso atrás en el tiempo pero el Fiscal en esa nota no asume su responsabilidad funcional en las irregularidades que acabo de mencionar".
Aseguró además que "de haber cumplido con el mandato emitido por la Cámara de Apelaciones en lo Penal -con las exigencias formales que exige la ley-, hoy se tendría definida la cuestión de fondo, los imputados sobreseídos y aquellos que van a juicio". El letrado consideró además que se trata de una situación "atípica", ya que "afecta seriamente a la Justicia Penal". Y agregó: "Le expresé al Procurador General de la Corte de Justicia mi preocupación sobre la conducta funcional del fiscal Felsztyna, manifestándome que se ocuparía del asunto sin tener conocimiento hasta el momento de alguna medida en ese sentido".
Finalmente hizo hincapié al señalar que la competencia material del Juez de Control de Garantías "no se reduce únicamente a las oposiciones deducidas por las partes, sino también al control de legalidad de todos los actos procesales, a los fines de preservar las garantías del debido proceso legal".
Querellas Familiares de las víctimas presentaron ayer un recurso de apelación en la Cámara de Apelaciones, entendiendo que el fallo de Acuña favorece a Casas Doering y a Saavedra, quienes podrían haber sido enviados a juicio conforme lo pedido por Felsztyna.
Pedido En mayo de 2019 Felsztyna envió a juicio la causa con dos de los trece imputados dando por finalizada la investigación respecto al ex intendente de El Rodeo Félix Casas Doering y a Alfredo Saavedra, ex director de Defensa Civil, ambos imputados por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”. En su pedido de elevación a juicio argumentó que Casas Doering tuvo responsabilidad sobre los hechos ocurridos en el camping, pues como autoridad comunal no tomó recaudos para evitar la concurrencia de gente por tratarse de un área con antecedentes en inundaciones. Este hecho derivó en las muertes de integrantes de las familias Ahumada y Díaz. A Saavedra lo acusa por la falta de cartelería y alertas que pudieron haber ayudado a que no se acampe y que en su defecto se realice una salida moderada y a tiempo en caso de una situación crítica. Solicitó asimismo los sobreseimientos de Brizuela del Moral y los siete ingenieros imputados de “homicidio culposo por mala praxis profesional” relacionados con lo sucedido en el “puente de El Mástil”, considerando que el puente no fue causal del desvío del río. Que dicho desvío venía de antes y fue agravado por la fuerza natural de un fenómeno extraordinario. Para Jorge Sola Jais, ex administrador de Vialidad Provincial, y Juan Negui, ex secretario de Recursos Hídricos, también pidió el sobreseimiento entendiendo que ninguno tenía competencia para actuar y que las labores de encauzamiento y de defensas del río, que era por lo que fueron responsabilizados. Nueve meses después de la solicitud de Felsztyna y tras seis años de investigación el juez Acuña declaró la nulidad de lo pedido.